por el cual se modifica el Decreto 2268 de 2002

Rango Decreto
Publicación 2009-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 397 de 1997,

DECRETA:

Artículo 1°. El artículo 1° del Decreto 2268 de 2002 quedará así:

Artículo 1°. La Comisión de Antigüedades Náufragas estará adscrita al Ministerio de Cultura y quedará integrada por las siguientes personas:

Parágrafo. La Comisión tendrá un Secretario que será designado por la misma”.

Artículo 2°. Se adiciona el siguiente artículo:

Artículo 2°. El Secretario convocará a las reuniones de la Comisión de manera regular, por lo menos una vez al mes. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República también podrá convocar a la Comisión cuando lo considere necesario”.

Artículo 3°. Se adiciona el siguiente artículo:

Artículo 3°. Además de los integrantes de la Comisión, podrán participar invitados permanentes o no permanentes, que impulsen los resultados del Comité, de acuerdo con lo que el Director Administrativo de la Presidencia de la República considere necesario”.

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de su expedición y modifica el Decreto 2268 de 2002.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de julio de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

Ministro de Relaciones Exteriores,

Jaime Bermúdez Merizalde.

El Comandante General de las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Defensa Nacional,

General Freddy Padilla de León.

La Ministra de Cultura,

Paula Marcela Moreno Zapata.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Bernardo Moreno Villegas.

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