Por el cual se distribuye una partida
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Del saldo no distribuido, de la partida propia en el Capítulo 101, artículo 1467-A del Presupuesto vigente, "Para la construcción, reparaciones, adiciones y mejoras, dotación de equipo de los diferentes edificios con destino a establecimientos de educación en el país, aporte para el Stádium de Popayán, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos, según destinación que hará el gobierno", Hácense la siguiente distribución parcial:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
Capítulo 111, artículo 1467-A
| Ordinal 17. Para continuar las construcción de la escuela normal de varones de Tunja. | $ 300.000.00 |
|---|---|
| Ordinal 19. Para adiciones, mejoras y reparaciones del edificio el instituto Pedagógico Nacional | 250.000.00 |
| Ordinal 20. Para reparaciones del edificio de la Biblioteca Nacional | 35.000.00 |
| Ordinal 21. Para construcciones y reparaciones del Edificio de la Escuela anexa a la Escuela Normal Rural de Villa de Leyva | 70.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dar en Bogotá a 7 de diciembre 1951.
ROBERTO URDANETA ARBELÁEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.
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