por el cual se delegan unas funciones en el Secretario Jurídico de Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Delégase en el Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, la facultad de notificarse, representar y conferir poderes en nombre del Presidente de la República, en todos los procesos judiciales que le sean notificados, en los que se constituya en parte, y en general en todas las actuaciones que se surtan ante la Rama Jurisdiccional.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de diciembre de 1998.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.
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