Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 002 de noviembre 11 de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Casanare, que se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia para el período fiscal de 1981
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en usó de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el Decreto 1926 de 1975, artículo 9°, parágrafo único,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase, con modificaciones, el Acuerdo número 002 de noviembre 11 de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Casanare, por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia, para el período comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
«ACUERDO NUMERO 002 DE 1980
(noviembre 11)
por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional de Casanare, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Consejo Intendencial de Casanare, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el literal c), del artículo 9°, del Decreto 1926 de 1975,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro Intendencial para la vigencia fiscal del primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), en la suma de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil ocho pesos ($ 126.157.008.00) moneda corirente, según los pormenores siguientes:
PRIMERA PARTE
Prepuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO I
| Ingresos Corrientes | Ingresos Corrientes | Ingresos Corrientes | 126.157.003 | |
|---|---|---|---|---|
| Ingresos tributarios | Ingresos tributarios | 104.385.000 | ||
| A) | Impuestos directos | 3.010.000 | ||
| 01 Registro y anotaciones | 2.600.000 | |||
| 02 Circulación y Tránsito | 410.000 | |||
| B) | Impuestos indirectos | 101.375.000 | ||
| 05 Tabaco y cigarrillos | 20.000.000 | |||
| 06 Cervezas | 60.000.000 | |||
| 07 Degüello | 200.000 | |||
| 09 Cigarrillos extranjeros | 3.000.000 | |||
| 10 Licores y vinos extranjeros | 610.000 | |||
| 11 Licores y vinos nacionales | 17.500.000 | |||
| 13 Billetes, rifas y apuestas | 65.000 | |||
| Ingresos no tributarios | Ingresos no tributarios | 21.772.003 | ||
| A) | Tasas y venta de servicios | 10.500.000 | ||
| 22 Alquiler de maquinaria | 8.000.000 | |||
| 23 Alquiler de avioneta | 2.500.000 | |||
| B) | Rentas ocasionales | 1.800.000 | ||
| 27 Aprovechamientos | 1.800.000 | |||
| C) | Rentas contractuales | 72.000 | ||
| 32 Arrendamiento | 72.000 | |||
| D) | Aportes, auxilios y participaciones | 9.400.003 | ||
| 37 Cánones superficiarios de arrendamiento | 1 | |||
| 38 Participación regalías petrolíferas | 4.500.000 | |||
| 39 Participación nacional consumo gasolina y ACPM | 2.400.000 | |||
| 44 Participación caminos vecinales | 2.500.000 | |||
| 43 Contrato DAINCO | 1 | |||
| 41 Transferencias FER | 1 |
CAPITULO II
| Recursos de Capital | Recursos de Capital | 5 | ||
|---|---|---|---|---|
| Recursos del Balance del Tesoro | Recursos del Balance del Tesoro | 5 | ||
| A) | Saldo vigencias expiradas | 3 | ||
| 51 Fondos comunes | 1 | |||
| 52 Auxilios aportes especiales | 1 | |||
| 53 Superávit | 1 | |||
| B) | Recursos del crédito | 2 | ||
| 56 Crédito interno | 1 | |||
| 57 Crédito externo | 1 | |||
| Total presupuesto de rentas e ingresos | Total presupuesto de rentas e ingresos | 126.157.008 |
SEGUNDA PARTE
Presupuesto de Gastos
Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la lntendencia Nacional de Casanare, durante la vigencia fiscal del primero (1°) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), una suma igual a la del cálculo de las rentas e ingresos del Tesoro de la Intendencia, determinado en el artículo anterior por valor de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil ocho pesos ($ 126.157.008) moneda corriente, distribuida así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento.
| A. Servicios personales | 52.724.535 |
|---|---|
| B. Gastos generales | 17.996.000 |
| C. Transferencias | 18.596.342 |
| D. Servicio de la deuda | 101 |
| Total | 89.316.978 |
| Consejo Intendencial. | Consejo Intendencial. |
| --- | --- |
| A) | Servicios personales |
| 1 Dietas | |
| 2 Sueldo personal de nómina (2½ meses) | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| B) | Gastos Generales |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| Total Consejo Intendencial | Total Consejo Intendencial |
| Despacho Intendencial. | Despacho Intendencial. |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldo personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 5 Honorarios | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 1 Prima semestral | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 15-1. Mantenimiento avioneta | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 24 Gastos especiales | |
| Total Despacho Intendencial | Total Despacho Intendencial |
| Secretaría de Gobierno. | Secretaría de Gobierno. |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldo personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Avalúos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| C) | Transferencias |
| 33 Raciones traslados de presos | |
| 35 Gastos protección indígena | |
| 36 Servicios Policía | |
| 40 Auxilio sostenimiento DAS | |
| 59 Auxilio Oficinas Promotoras | |
| 60 Auxilio Defensa Civil | |
| 61 Auxilio Bomberos Voluntarios Yopal | |
| Sección Alcaldía Corregimientos e Inspecicones de Policía. | Sección Alcaldía Corregimientos e Inspecicones de Policía. |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| Total Secretaría de Gobierno | Total Secretaría de Gobierno |
| Secretaría de Hacienda. | Secretaría de Hacienda. |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldo personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 8 Vacaciones remuneradas | |
| 9 Reconocimiento por entrega de oficina | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 19 Servicios públicos | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 22 Arrendamientos | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 26 Reconocimiento póliza de manejo | |
| C) | Transferencias |
| 30 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 30% | |
| 31 Aportes a Caja de Previsión Social, 8% | |
| 32 Aporte para subsidio familiar | |
| 38 Aguinaldo del Niño Pobre | |
| 39 Auxilio gente de escasos recursos | |
| 41 Pagos al SENA | |
| 42 Celebración Día del Campesino | |
| 44 Aporte a COINCO programa gestión delegada (Agentes Fiscales) | |
| 45 Auditaje Fiscal | |
| 47 Celebración festividades patrias | |
| 49 Capacitación empleados | |
| 52 Bienestar Familiar, 2% nómina empleados | |
| 53 Auxilio radio Operador DAINCO | |
| 54 Cesantías | |
| 55 Transportes aéreos y terrestres | |
| 58 ESAP | |
| 59 Dotación obreros según convención colectiva | |
| 60 Auxilio médico legista Paz de Ariporo y Monterrey | |
| D) | Servicio de la deuda |
| 66 Deuda COINCO | |
| 67 Saldo vigencias expiradas | |
| Total Secretaría de Hacienda | Total Secretaría de Hacienda |
| Secretaría de Obras Públicas | Secretaría de Obras Públicas |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 4 Jornales | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| 12 Horas extras y novedades | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| Total Secretaría de Obras Públicas | Total Secretaría de Obras Públicas |
| Secretaría de Educación | Secretaría de Educación |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| Total Secretaría de Educación | Total Secretaría de Educación |
| Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales. | Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales. |
| A) | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 4 Jornales | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicios de comunicación | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 27 Impresos guías de movilización y papeletas de venta | |
| Total Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos naturales | Total Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos naturales |
| Total presupuesto de gastos de funcionamiento | Total presupuesto de gastos de funcionamiento |
CAPITULO IV
Gastos de Inversión.
PROGRAMA I
Obras Públicas
| Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | 24.156.250 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión directa. | Inversión directa. | 9.875.000 | ||
| Subprograma 101. Construcción carreteras y calles | Subprograma 101. Construcción carreteras y calles | 3.100.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Carretera Pauto - Tablón de Támara - Támara | 800.000 | |||
| 2 Carretera Puerto Tocaría, Nunchía | 500.000 | |||
| 3 Carretera San Benito - Chámeza | 800.000 | |||
| 5 Carreteable Morichal, Yopitos, Guamitos | 150.000 | |||
| 6 Construcción carreteable Tilodirán, Guariamena - Yopal | 50.000 | |||
| 7 Construcción carreteable Nunchía-Río Pauto | 150.000 | |||
| 8 Construcción y arreglo carreteable La Guada-Teislandia | 50.000 | |||
| 9 Construcción carreteable. Támara vereda La Victoria | 150.000 | |||
| 10.Construcción carreteable de Támara-vereda de Guayabal | 150.000 | |||
| 11 Construcción carreteable Tauramena-La Cabuya | 100.000 | |||
| 12 Construcción cerretera Tauramena-Monterrey | 200.000 | |||
| Subprograma 102. Conservación carreteras y calles | Subprograma 102. Conservación carreteras y calles | 900.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Arreglo calles y vías barrio La Campiña | 100.000 | |||
| 2 Arreglo carreteable Yopal La Manga | 100.000 | |||
| 3 Arreglo carreteable Yopal Barbaseos | 100.000 | |||
| 4 Arreglo carreteable Tilodirán Quebrada Seca | 100.000 | |||
| 5 Arreglo calles Aguazul | 150.000 | |||
| 6 Arreglo carreteable Hato Corozal-Caño Flor Amarillo | 100.000 | |||
| 7 Arreglo carreteable Paz de Ariporo - Rincón Hondo | 50.000 | |||
| 8 Arreglo carreteable Paz de Ariporo-Montañas del Totumo | 100.000 | |||
| 9 Arreglo y construcción carreteable Río Pauto, El Banco, La Plata | 100.000 | |||
| Subprograma 104. Construcción puentes | Subprograma 104. Construcción puentes | 125.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Construcción puente sobre Caño Seco, en la vía el barrio La Campiña | 125.000 | |||
| Subprograma 108. Construcción edificios públicos | Subprograma 108. Construcción edificios públicos | 3.000.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Taller obra pública | 1.000.000 | |||
| 2 Edificio intendencial | 1.500.000 | |||
| 3 Casa Municipal Támara | 200.000 | |||
| 4 Terminación Casa Municipal Hato Corozal | 300.000 | |||
| Subprograma 109. Remodelación y reparación edificios | Subprograma 109. Remodelación y reparación edificios | 150.000 | ||
| Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto |
| 1 Casa Municipal Villanueva | 150.000 | |||
| Subprograma 125. Adquisición plantas eléctricas | Subprograma 125. Adquisición plantas eléctricas | 100.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Compra planta eléctrica Inspección Tilodirán, Yopal | 100.000 | |||
| Subprograma 131. Construcción, ampliación, acueductos y alcantarillados | Subprograma 131. Construcción, ampliación, acueductos y alcantarillados | 900.000 | ||
| Proyectos | Proyectos | Proyectos | Proyectos | Proyectos |
| 1 Construcción acueducto Corregimiento El Morro | 100.000 | |||
| 2 Construcción acueducto Inspección Intendendencial Morichal | 100.000 | |||
| 3 Acueducto Municipal Támara | 200.000 | |||
| 4 Ampliación acueducto Nunchía | 200.000 | |||
| 5 Construcción acueducto barrio Providencial - Yopal | 300.000 | |||
| Subprograma 137. Compra motores fuera de borda | Subprograma 137. Compra motores fuera de borda | 800.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Compra 5 motores fuera de borda y 3 voladoras en la Intendencia | 800.000 | |||
| Subprograma 139: Compra equipos obras públicas | Subprograma 139: Compra equipos obras públicas | 800.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Compra vehículos Secretaría de Hacienda | 400.000 | |||
| 2 Compra vehículo Secretaría de Agricultura | 400.000 | |||
| Inversión indirecta | Inversión indirecta | 14.281.250 | ||
| Subprograma 150. Aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales | Subprograma 150. Aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales | 14.131.250 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Junta de Acción Comunal Buenavista, obras varias | 100.000 | |||
| 2 Junta de Acción Comunal La Vega, obras varias | 100.000 | |||
| 3 Junta de Acción Comunal de La Guafilla, obras varias | 150.000 | |||
| 4 Junta de Acción Comunal El Amparo, para el acueducto | 100.000 | |||
| 5 Junta de Acción Comunal barrio 20; de Julio, obras varias | 100.000 | |||
| 6 Junta de Acción Comunal Inspección Tilodidirán, obras varias | 100.000 | |||
| 7 Colegio La Presentación, Yopal, para ampliación aulas escolares | 300.000 | |||
| 8 Asociación de Padres de Familia Colegio Juan Pablo II, Yopal | 300.000 | |||
| 9 Junta de Acción Comunal vereda El Charte, obras varias | 150.000 | |||
| 10 Junta de Acción Comunal de Las Palomas vereda de (Aguaverde), obras varías | 100.000 | |||
| 11 Junta de Acción Comunal Los Manantiales, obras varias | 100.000 | |||
| 12 Junta de Acción Comunal vereda Yopitos, para desviación río Charte, en vereda Morichal | 100.000 | |||
| 13 Junta de Acción Comunal vereda de Cunamá, obras varias | 100.000 | |||
| 14 Junta de Acción Comunal Corregimiento Monterralo, construcción camino, Boquerón - Tauramena | 50.000 | |||
| 15 Junta de Acción Comunal Central de Aguazul, obras varias | 300.000 | |||
| 16 Junta de Acción Comunal vereda Cupiagua, construcción puente Hamaca sobre el río Unete | 60.000 | |||
| 17 Junta de Acción Comunal Inspección de Policía San Miguel de Farallones, construcción puente Hamaca sobre el río Cusiana, en el camino Monterralo - Tauramena. | 80.000 | |||
| 18 Junta de Acción Comunal, Inspección de Policía de San Miguel de Farallones, construcción de caminos de herradura a Monterralo y Cupiagua | 100.000 | |||
| 19 Junta de Acción Comunal Central de Chámeza, para obras varias | 200.000 | |||
| 20 Junta de Acción Comunal Central de Chámeza, para arreglo de caminos | 200.000 | |||
| 21 Junta de Acción Comunal de Puerto Colombia, construcción escuela | 100.000 | |||
| 22 Junta de Acción Comunal Central para carreteable Alemania, Santa Bárbara, Corralito | 150.000 | |||
| 23 Junta de Acción Comunal Puerto Colombia, construcción casa Corregimiento | 100.000 | |||
| 24 Junta de Acción Comunal de Manare, obras varias | 60.000 | |||
| 25 Junta de Acción Comunal Santa Bárbara, obras varias | 50.000 | |||
| 26 Junta de Acción El Guafal, construcción casa Inspección | 50.000 | |||
| 27 Junta de Acción Comunal Santa Rita, obras varias | 50.000 | |||
| 28 Junta de Acción Comunal de Chire, para acueducto | 50.000 | |||
| 29 Junta de Acción Comunal La Frontera (La Chapa), obras varias | 150.000 | |||
| 30 Junta de Acción Comunal de Hato Corozal, para construcción casa de la Inspección de Berlín | 100.000 | |||
| 31 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para terminación de la manga de coleo Los Lanceras | 225.000 | |||
| 32 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para plaza de mercado | 150.000 | |||
| 33 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para construcción salón múltiple Colegio Municipal Luis Hernández Vargas | 200.000 | |||
| 34 Junta de Acción Comunal de Rodrigoque, construcción puente colgante sobre la quebrada de Contadero Municipio La Salina | 200.000 | |||
| 45 Junta de Acción Comunal Central de Maní, para arreglo del parque infantil | 150.000 | |||
| 36 Junta de Acción Comunal de. Santa Helena de Cusiva, para obras varias | 100.000 | |||
| 37 Junta de Acción Comunal del Paso Real del Guariamena, construcción casa Inspección | 100.000 | |||
| 38 Junta de Acción Comunal de San Joaquín de Garibay, obras varias | 50.000 | |||
| 39 Junta de Acción Comunal de Gaviotas, obras varias | 50.000 | |||
| 40 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para construcción alcantarillado | 300.000 | |||
| 41 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para construcción del coliseo de deportes | 250.000 | |||
| 42 Junta de Acción Comunal de Monterrey (Central), para arreglo casa municipal | 100.000 | |||
| 43 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para obras varias | 150.000 | |||
| 44 Junta de Acción Comunal vereda de Siribana, para obras varias municipio Nunchía | 100.000 | |||
| 45 Junta de Acción Comunal vereda El Conchal, para varias obras, Municipio de Nunchía | 100.000 | |||
| 46 Junta de Acción Comunal de la Inspección de Veladero, para abras varias Municipio de Nunchía | 100.000 | |||
| 47 Junta de Acción Comunal de Puerto Tocaría, para obras varias, Municiipo de Nunchía | 100.000 | |||
| 48 Junta de Acción Comunal Central, arreglo Colegio La Inmaculada, Municipio de Orocué | 125.000 | |||
| 49 Junta de Acción Comunal, para obras varias Municipio Orocué | 125.000 | |||
| 50 Junta de Acción Comunal El Palmar, para obras varias, Municipio de Paz de Ariporo | 100.000 | |||
| 51 Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Bocas de la Hermosa, para construcción tanque elevado para agua potable, Municipio Paz de Ariporo | 150.000 | |||
| 52 Junta de Acción Comunal Central, para la Junta de Acción Comunal de Agua Verde, para obras varias, Municipio Paz de Ariporo | 50.000 | |||
| 53 Junta de Acción Comunal Central para obras varias Municipio Pore | 550.000 | |||
| 54 Tesorería Municipal Pore, reparación y mantenimiento acueducto | 100.000 | |||
| 55 Junta de Acción Comunal Central de Recetor, caminos veredales | 100.000 | |||
| 56 Junta de Acción Comunal Central de Recetor, para obras varias | 100.000 | |||
| 57 Junta de Acción Comunal Centrad de Recetor, para reconstrucción puente colgante Vigas, Recetoreña y construcción puente Hamca quebrada Agua Buena, vía El Begón, Chámeza | 100.000 | |||
| 58 Junta de Acción Comunal Los Alpes, para obras varias Municipio Recetor | 100.000 | |||
| 59 Junta de Acción Comunal de Villanueva, para la Asociación de Padres de Familia para la conservación y mantenimiento de la Concentración Escolar de primaria | 125.000 | |||
| 60 Junta de Acción Comunal Central de Sacama, para varias obras | 250.000 | |||
| 61 Junta de Acción Comunal vereda Barronegro, obras varias, Municipio Sácama | 150.000 | |||
| 62 Junta de Acción Comunal Central de San Luis de Palenque, para obras varias | 510.000 | |||
| 63 Junta de Acción Comunal de la Inspección del Tablón de Támara, para obras varias | 100.000 | |||
| 64 Junta de Acción Comunal vereda del Ariporo, para puente sobre el río Ariporo, Municipio Támara | 200.000 | |||
| 65 Junta de Acción Comunal de la Inspección de Teislandia, para obras varias Municipio Támara | 200.000 | |||
| 66 Junta de Acción Comunal de la vereda de San Pedro, para obras varias, Municipio Támara | 100.000 | |||
| 67 Junta de Acción Comunal de La Suguía, para obras varias, Municipio de Támara | 100.000 | |||
| 63 Junta de Acción Comunal para la casa de la Inspección de la vereda Tacuya, en el sitio denominado Santa María, Municipio Tauramena | 100.000 | |||
| 69 Junta de Acción Comunal Central, para arreglo cárcel municipal, Municipio Tauramena | 100.000 | |||
| Programas. | Programas. | |||
| 1 Construcción edificio Colegio Intendencial Villanueva | 700.000 | |||
| 2 Construcción aulas Colegio Jorge Eliécer Gaitán, Sabanalarga | 700.000 | |||
| Inversión indirecta | Inversión indirecta | 1.900.000 | ||
| Subprograma 154. Aportes, auxilios programas educativos | Subprograma 154. Aportes, auxilios programas educativos | 1.400.000 | ||
| Proyectos | Proyectos | |||
| 1 Préstamos | 700.000 | |||
| 2 Becas intendenciales | 700.000 | |||
| Subprograma155. Junta Municipal de Deportes programas deportivos | Subprograma155. Junta Municipal de Deportes programas deportivos | 500.000 | ||
PROGRAMA III
Agropecuario
| Unidad ejecutora: Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales | Unidad ejecutora: Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales | 9.383.780 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión directa. | Inversión directa. | 6.683.780 | ||
| Subprograma 112. Construcción plazas de ferias | Subprograma 112. Construcción plazas de ferias | 1.900.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Yopal | 700.000 | |||
| 2 Paz de Ariporo | 600.000 | |||
| 3 Maní | 600.000 | |||
| Subprograma 123. Construcción granjas agrícolas | Subprograma 123. Construcción granjas agrícolas | 1.400.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Granja Trinidad | 700.000 | |||
| 2 Granja Paz de Ariporo | 700.000 | |||
| 70 Junta de Acción Comunal Central para obras varias Municipio de Trinidad | 100.000 | |||
| 71 Junta de Acción Comunal Corregimiento La Lucha, obras varias, Municipio de Trinidad | 50.000 | |||
| 72 Junta de Acción Comunal Inspección El Guamal, obras varias, Municipio de Trinidad | 50.000 | |||
| 73 Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Bocas del Páuto, obras varias Municipio de Trinidad | 200.000 | |||
| 74 Junta de Acción Comunal de los Chochos, para varias obras, Municipio de Trinidad | 100.000 | |||
| 75 Otros aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales, 70% | 4.031.250 | |||
| Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO | Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO | 150.000 |
PROGRAMA II
Educativo.
| Unidad ejecutora: Secretaría de Educación | Unidad ejecutora: Secretaría de Educación | 3.300.000 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión directa. | Inversión directa. | 1.400.000 | ||
| Subprograma 108. Construcción edificios públicos | Subprograma 108. Construcción edificios públicos | 1.400.000 | ||
| Subprograma 145. Dotación y sostenimiento granjas industriales agropecuarias | Subprograma 145. Dotación y sostenimiento granjas industriales agropecuarias | 1.783.780 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Granja Agua Clara | 800.000 | |||
| 2 Granja Bubuy | 983.780 | |||
| Subprograma 146. Construcción y desarrollo viveros | Subprograma 146. Construcción y desarrollo viveros | 400.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Vivero Yopal | 400.000 | |||
| Subprograma 147. Compra terrenos granjas | Subprograma 147. Compra terrenos granjas | 1.200.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| Inversión indirecta | Inversión indirecta | 2.700.000 | ||
| Subprograma 156. Aportes, auxilios para Fondo agropecuario | Subprograma 156. Aportes, auxilios para Fondo agropecuario | 2.700.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Fondo Ganadero Casanare | 900.000 | |||
| 2 Aporte para Juntas de Ferias Yopal | 500.000 | |||
| 3 Sostenimiento, compra granjas | 1.300.000 | |||
| Total gastos de inversión | Total gastos de inversión | 36.840.030 | ||
| Total gastos de funcionamiento e inversión | Total gastos de funcionamiento e inversión | 126.157.008 |
RESUMEN
| Funcionamiento | Inversión | Total | |
|---|---|---|---|
| Consejo Intendencial | 456.600 | 456.600 | |
| Despacho Intendencial | 6.699.600 | 6.699.600 | |
| Secretaría de Gobierno | 19.618.800 | 19.618.800 | |
| Secretaría de Hacienda | 28.995.443 | 28.995.443 | |
| Secretaria de Obras Públicas | 23.088.000 | 24.156.250 | 47.244.250 |
| Secretaría de Educación | 4.307.600 | 3.300.000 | 7.607.600 |
| Secretaría Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales | 6.150.935 | 9.383.780 | 15.534.715 |
| Total | 89.316.978 | 36.840.030 | 126.157.008 |
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Intendencia de Casanare será el Intendente.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la Intendencia podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la administración intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que haya suministrado el bien, de. acuerdo al contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.
Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro, que da origen en el primer caso, o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las dosponibilidades efectivas de los recursos financieros el Gobierno intendencial, con participación del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir.
Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas v demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La administración intendencial no podrá celebrar contratos ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derecho de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida per el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada por el Intendente, mediante resolución motivada.
Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Intendencia le sea conferirla una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia se le autorizará el pago de viáticos, según la siguiente escala:
-
- El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.800.00 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 35.000.00 y $ 20.001.00, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.500.00 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 20.000.00 y $ 10.001.00, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.000.00 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales sean de $ 10.000.00 o menor ganarán viáticos a razón de $ 800.00 diarios.
Parágrafo. Cuando la comisión fuere ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Intendencia, se reconocerán viáticos diarios así:
-
- El Intendente ganará a razón de $ 1.000.00 diarios.
-
- Sueldos de $.2.001.00 a s 35.000.00, a razón de $800.00 diarios.
-
- Sueldos de $10.001.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 600.00 diarios.
-
- Sueldos de $ 10.000.00 o menos, a razón de $ 500.00 diarios.
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo, no estarán sujetos a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del Jefe del respectivo organismo.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente.
Artículo decimonoveno. Los consejeros intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial, en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante resolución previa.
Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión solo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la que ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo a la escala de viáticos.
El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso, sola habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia, no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente.
Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se epagará por nómina, conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla solo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas.
Artículo vigesimotercero: El pago de las vacaciones en dinero sola podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro "gastos especiales" que exceda la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo vigeimosexto. El Intendente, a través de la Secretaría dé Hacienda, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías acerca del estado financiero, mediante cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior.
Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.
Artículo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente.
Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibida dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo trigésimo. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distantas a las de la Intendencia salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del articulo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigesimosegundo. Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera prioridad.
Servicios personales.
Transferencias de ley cuota patrona, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituo de Bienestar Familiar (ICBF).
Aporte a COINCO para programa Gestión Delegada (Agentes Fiscales).
Auxilio radio-operador DAINCO.
- Servicio de la deuda.
Segunda prioridad.
- Gastos generales.
Tercera prioridad.
- Deudas transferidas y gastos de inversión.
No podrán emitirse giros, ni hacerse pagos, ni referendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hicieren en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo trigesimotercero. Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte a la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda.
Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Yopal, capital de la Intendencia Nacional de Casanare, a los once (11) días del mes de noviembre de 1980.
(Fdo), Carlos Sandoval Nossa, Presidente Consejo Intendencial,
(Fdo), Clara Sandoval de Osario, Secretaria Consejo Intendencial.
La suscrita, Secretaria del Consejo Intendencial, hace constar que el presente Acuerdo fue aprobado en los debates reglamentarios efectuados en días diferentes.
Yopal, noviembre 25 de 1980.
(Fdo), Clara Sandoval de Osorio, Secretaria del Consejo Intendencial.
-
Intendencia Nacional de Casanare.
Yopal, noviembre 26 de 1980.
De conformidad con las atribuciones que otorga el ordinal f) del artículo 21 del Decreto 1926 de 1975, sanciónase el presente Acuerdo y envíase al Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías para su aprobación.
SANCIONADO
(Fdo), Getulio Vargas Barón, Intendente Nacional de Casanare.
(Fdo), Ana Beley Barrera Martínez, Secretaria Ejecutiva».
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a los 4 días de febrero de 1981.
VICTOR MOSQUERA CHAUX
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Gustavo Svenson Cervera.
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