por el cual se da una autorización al alcalde de de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 121 de la Constitución Nacional,
decreta:
Artículo único. Autorízase al Alcalde de Bogotá para subvencionar hasta por la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente a la Compañía Lírica Italiana de Opera que actúa en el Teatro de Colón de esta ciudad, por conducto de su representante general, Enrique Rambal García.
Parágrafo. Este Decreto rige desde la fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de julio de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio ANDRADE-El Ministro de Relaciones Exteriores, Evaristo SOURDIS-El Ministro de Justicia, Pedro Manuel ARENAS-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Guerra, Roberto URDANETA. ARBELAEZ-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Juan Guillermo RESTREPO JARAMILLO-El Ministro del Trabajo, Víctor G. RICARDO-El Ministro de Higiene, Jorge E. CAVELIER-El Ministro de Comercio e Industrias, César Tulio DELGADO-El Ministro de Minas y Petróleos, José Elías DEL HIERRO-El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERA GARCES-El Ministro de Correos y Telégrafos, General Gustavo ROJAS PINILLA-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.
Digitó: CC52.507.183
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