Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1956-10-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Gastos de Administración, Auxilios y otros.

CAPITULO 109

Aportes, Participaciones. Indemnizaciones y Devoluciones.

104, Del artículo 1147. Para devolución do toda clase de rentas que se hayan cobrado de más, en el año $ 600.000.00
Suman los contracréditos $ 600.000.00

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 540

BIENES INMUEBLES NACIONALES

Administración y Sostenimiento.

003. AI artículo 5480. Para arrendamiento de locales con destino al servicio del Gobierno Nacional, en el país, en la presente vigencia y anteriores $ 600.000.00
Suman los créditos $ 600.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 18 de octubre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

José Enrique Arboleda Valencia.

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Educación Nacional,

José Manuel Rivas Sacconi.

El Ministro de Justicia,

Luis Carlos Giraldo Marín.

El Ministra de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Eduardo Barrio González.

El Ministro del Trabajo,

Carlos Arturo Torres Poveda.

El Ministro de Salud Pública,

Carlos Márquez. Villegas.

El Ministro de Fomento,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Francisco Puyana Méndez.

El Ministro de Comunicaciones, encargado del Ministerio de Guerra,

Mayor General Gustavo Berrío Muñoz.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.

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