por el cual se aprueba el Acuerdo número 033 del 2 de noviembre de 1993 del Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro

Rango Decreto
Publicación 1993-12-15
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el inciso 2° del artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978.

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 033 de noviembre 2 de 1993, emanado del Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 033 DE 1993

“por el cual se establece la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro”.

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, en uso de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el parágrafo del artículo 55 del Decreto 2158 de 1992.

ACUERDA:

Artículo 1° Suprimir los siguientes cargos de la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro:

No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Oficina de Planeación Oficina de Planeación Oficina de Planeación Oficina de Planeación
2 Profesional Especializado 3010 13
Oficina de Informática y Sistemas Oficina de Informática y Sistemas Oficina de Informática y Sistemas Oficina de Informática y Sistemas
1 Profesional Universitario 3020 08
2 Operario Calificado 6000 09
Secretaría General Secretaría General Secretaría General Secretaría General
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
Dirección Legal Dirección Legal Dirección Legal Dirección Legal
1 Profesional Especializado 3010 13
División Legal de Notariado División Legal de Notariado División Legal de Notariado División Legal de Notariado
1 Profesional Especializado 3010 10
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
División Legal de Registro de Instrumentos Públicos División Legal de Registro de Instrumentos Públicos División Legal de Registro de Instrumentos Públicos División Legal de Registro de Instrumentos Públicos
1 Profesional Universitario 3020 08
Dirección de Vigilancia Dirección de Vigilancia Dirección de Vigilancia Dirección de Vigilancia
División de Vigilancia de Notariado y Registro del Estado Civil de las personas División de Vigilancia de Notariado y Registro del Estado Civil de las personas División de Vigilancia de Notariado y Registro del Estado Civil de las personas División de Vigilancia de Notariado y Registro del Estado Civil de las personas
1 Profesional Especializado 3010 10
1 Inspector 3025 06
2 Secretario Ejecutivo 5040 11
División de Vigilancia de Registro de instrumentos Públicos División de Vigilancia de Registro de instrumentos Públicos División de Vigilancia de Registro de instrumentos Públicos División de Vigilancia de Registro de instrumentos Públicos
1 Profesional Universitario 3020 08
1 Inspector 3025 06
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
Dirección Administrativa Dirección Administrativa Dirección Administrativa Dirección Administrativa
1 Técnico Operativo 4080 09
División de Personal División de Personal División de Personal División de Personal
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
División de Presupuesto y Contabilidad División de Presupuesto y Contabilidad División de Presupuesto y Contabilidad División de Presupuesto y Contabilidad
2 Profesional Especializado 3010 10
1 Profesional Universitario 3020 08
3 Técnico Administrativo 4065 11
2 Técnico Operativo 4080 09
1 Técnico Administrativo 4065 07
División de Tesorería. División de Tesorería. División de Tesorería. División de Tesorería.
3 Técnico Administrativo 4065 11
5 Técnico Operativo 4080 09
División de Servicios Generales. División de Servicios Generales. División de Servicios Generales. División de Servicios Generales.
1 Técnico Operativo 4080 09
3 Auxiliar Administrativo 5120 09
3 Secretario Ejecutivo 5040 11
2 Operario Calificado 6000 09
11 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
12 Celador 6020 06
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Departamento de Cundinamarca Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Departamento de Cundinamarca Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Departamento de Cundinamarca Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Departamento de Cundinamarca
Bogotá - Zona Sur - Bogotá - Zona Sur - Bogotá - Zona Sur - Bogotá - Zona Sur -
División Administrativa División Administrativa División Administrativa División Administrativa
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
5 Celador 6020 06
División Jurídica División Jurídica División Jurídica División Jurídica
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
División Operativa División Operativa División Operativa División Operativa
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
Bogotá - Zona Centro Bogotá - Zona Centro Bogotá - Zona Centro Bogotá - Zona Centro
División Administrativa División Administrativa División Administrativa División Administrativa
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
4 Celador 6020 06
Bogotá - Zona Norte Bogotá - Zona Norte Bogotá - Zona Norte Bogotá - Zona Norte
División Administrativa División Administrativa División Administrativa División Administrativa
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
5 Celador 6020 06
División Jurídica División Jurídica División Jurídica División Jurídica
3 Secretario Ejecutivo 5040 11
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
División Operativa División Operativa División Operativa División Operativa
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07

Artículo 2° Las funciones propias de las diferentes dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro serán desarrolladas por la planta de personal que a continuación se establece:

No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente
1 Superintendente 0030
1 Asesor 1020 04
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Secretario Ejecutivo 5040 15
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
Administración Central de la Superintendencia de Notariado y Registro Administración Central de la Superintendencia de Notariado y Registro Administración Central de la Superintendencia de Notariado y Registro Administración Central de la Superintendencia de Notariado y Registro
1 Secretario General de la Superintendencia 0037 13
1 Director de Superintendencia 0105 11
2 Superintendente Delegado 0110 13
3 Jefe de Oficina 2045 22
6 Jefe de División 2040 16
4 Profesional Especializado 3010 17
34 Profesional Especializado 3010 15
3 Profesional Especializado 3010 10
87 Profesional Universitario 3020 08
5 Analista de Sistemas 4005 16
1 Archivista 4135 13
4 Analista de Sistemas 4005 13
8 Técnico en Presupuesto 4035 13
6 Técnico Operativo 4080 11
14 Técnico Administrativo 4065 11
2 Técnico Operativo 4080 10
18 Técnico Operativo 4080 09
5 Técnico Administrativo 4065 09
2 Dibujante 4095 09
1 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08
5 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Almacenista 5080 15
2 Secretario Ejecutivo 5040 15
20 Secretario Ejecutivo 5040 13
2 Auxiliar Administrativo 5120 12
16 Auxiliar Administrativo 5120 11
28 Secretario Ejecutivo 5040 11
18 Auxiliar Administrativo 5120 09
2 Operario Calificado 6000 10
9 Conductor Mecánico 6010 09
2 Operario Calificado 6000 09
6 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
Planta Global de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos Planta Global de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos Planta Global de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos Planta Global de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos
32 Registrador Principal 2015 17
6 Registrador Delegado 2050 10
22 Jefe de División 2040 10
149 Registrador Seccional 2185 06
36 Jefe de División 2040 06
4 Profesional Especializado 3010 10
2 Profesional Especializado 3010 09
149 Profesional Universitario 3020 08
3 Profesional Universitario 3020 06
3 Archivista 4135 13
18 Analista de Sistemas 4005 13
2 Técnico Operativo 4080 11
25 Técnico Administrativo 4065 11
194 Técnico Operativo 4080 09
17 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08
8 Secretario Ejecutivo 5040 17
47 Secretario Ejecutivo 5040 13
54 Cajero 5095 12
195 Auxiliar Administrativo 5120 11
234 Secretario Ejecutivo 5040 11
143 Auxiliar Administrativo 5120 09
6 Almacenista 5080 13
108 Secretario 5140 10
144 Cajero 5095 10
224 Ayudante de Oficina 5155 07
6 Conductor Mecánico 6010 09
45 Operario Calificado 6000 09
238 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
41 Celador 6020 06

Artículo 3° De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 1°, del Decreto 2158 de 1992, la División Legal del Registro del Estado Civil de las Personas, adscrita transitoriamente a la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro, continuará cumpliendo sus funciones hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil asuma la dirección, coordinación y administración del Registro del Estado Civil, con la siguiente planta de personal:

No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
1 Jefe de División 2040 16
1 Profesional Especializado 3010 10
2 Profesional Universitario 3020 08
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
4 Secretario Ejecutivo 5040 11
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07

Artículo 4° Los funcionarios que se encuentran vinculados en los cargos relacionados en el artículo 1° del presente Acuerdo, tendrán derecho al pago de indemnización o bonificación de que tratan los artículos 41, 42 y 43 del Decreto 2158 de 1992, siempre y cuando se cumpla con los requisitos legales establecidos para tal efecto.

Artículo 5° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de noviembre de 1993.

El Presidente,

(Fdo.) Roberto Hinestrosa Rey.

El Secretario,

(Fdo.) Javier Darío Anaya Narváez”.

Artículo 2° El Superintendente de Notariado y Registro distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal de conformidad con la estructura interna, la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Superintendencia.
Artículo 3° Los funcionarios que se incorporen devengarán el salario que les corresponde en la actual planta de personal hasta el día que tomen posesión del cargo en la nueva planta. Dichas incorporaciones deberán realizarse en el término de un (1) mes contado a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.

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