Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Gobierno)

Rango Decreto
Publicación 1953-10-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO MINISTERIO DE GOBIERNO MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 5° CAPITULO 5° CAPITULO 5°
Del artículo 42. Para sueldos de los empleados de las oficinas directas del Ministerio de Gobierno, y gastos de representación del Ministro, en el año $ 3.185.00
Suman los contracréditos $ 3.185.00
MINISTERIO DE GOBIERNO MINISTERIO DE GOBIERNO MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 5° CAPITULO 5° CAPITULO 5°
Al artículo 43. Para sueldos de los empleados de la Administración del Capitolio, en el año $ 3.183.00
Suman los créditos $ 3.185.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de septiembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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