por el cual se efectua un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 482 de 1998 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999, el cual se liquidó por medio del Decreto 2354 de 1998;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que de conformidad con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;
Que el artículo 25 del Decreto 1890 de 1999 ordena establecer en el Ministerio de Justicia y del Derecho el Fondo de Infraestructura Carcelaria-FIC, como dependencia interna, con autonomía administrativa y financiera, de acuerdo con el artículo 54 literal j) de la Ley 489 de 1998, la cual continuará desarrollando el objetivo y las funciones que tenía a su cargo el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC;
Que el Coordinador de Presupuesto de la División Financiera del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario "INPEC" certifica que en el presupuesto del INPEC existe disponibilidad presupuestal libre de afectación en la Sección 120800, así: Programa 111 Construcción de Infraestructura Propia del Sector por valor de $1.004.128.477, Programa 113 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector por valor de $21.195.092.676, Programa 211 Adquisición y/o Producción de Equipos, Materiales Suministros y Servicios propios del Sector por valor de $700.000.000.
DECRETA:
Artículo 1º. Contracredítase el presupuesto de gastos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, en la suma de veintidós mil ochocientos noventa y nueve millones doscientos veintiún mil ciento cincuenta y tres pesos ($22.899.221.153), según el siguiente detalle:
CONTRACREDITO
SECCION 1208
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO-INPEC
| PROG. | SUBP. | PROY. | REC. | CONCEPTO | VALOR |
|---|---|---|---|---|---|
| 111 | Construcción de infraestructura propia del sector | 1.004.128.477 | |||
| 111 | 802 | Sistema Penitenciario y Carcelario | |||
| 111 | 802 | 1 | Construcción Cárcel Nueva del Circuito de Girardot | ||
| 16 | Fondos Especiales | 1.004.128.477 | |||
| 113 | Mejoramiento y mantenimiento de Infraestructura propia del Sector | 21.195.092.676 | |||
| 113 | 802 | Sistema Penitenciario y Carcelario | |||
| 113 | 802 | 14 | Ampliación, adecuación y dotación de la Penitenciaría Nacional de Cúcuta | ||
| 16 | Fondos Especiales | 2.471.060.146 | |||
| 113 | 802 | 18 | Ampliación, adecuación, remodelación y dotación de la Cárcel del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá-La Modelo | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 785.000.000 | |||
| 113 | 802 | 19 | Adecuación, ampliación y remodelación de la Cárcel del Circuito Judicial del Espinal-Tolima | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 547.088.000 | |||
| 113 | 802 | 21 | Ampliación, adecuación y mantenimiento de la Cárcel del Distrito Judicial de Cali Villahermosa, previo concepto DNP | ||
| 16 | Fondos Especiales | 1.181.213.000 | |||
| 113 | 802 | 22 | Adecuación, ampliación, remodelación y mantenimiento de la Penitenciaría Central de Colombia La Picota | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 2.500.000.000 | |||
| 113 | 802 | 29 | Ampliación, adecuación y remodelación de la Cárcel del Circuito Judicial de Vélez-Santander | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 942.802.886 | |||
| 113 | 802 | 103 | Ampliación, adecuación y mantenimiento de la Penitenciaría Nacional de Palmira | ||
| 16 | Fondos Especiales | 2.275.000.000 | |||
| 113 | 802 | 105 | Adecuación, Remodelación y dotación de la Cárcel del Circuito Judicial de Turbo | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 300.000.000 | |||
| 113 | 802 | 107 | Ampliación, adecuación y mantenimiento de la Reclusión de Mujeres de Bogotá | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 2.000.000.000 | |||
| 113 | 802 | 108 | Ampliación, Adecuación y Dotación Cárcel Distrito Judicial de Tunja | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 4.963.592.099 | |||
| 113 | 802 | 109 | Mejoramiento, mantenimiento y adecuación de infraestructura de Centros Carcelarios determinados en el Plan de Recuperación | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 1.229.336.545 | |||
| 113 | 802 | 112 | Ampliación, adecuación, mantenimiento y dotación de la Cárcel Distrito Judicial de Santa Marta | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 2.000.000.000 | |||
| 211 | Adquisición y/o producción de equipos, materiales suministros y servicios propios del sector | 700.000.000 | |||
| 211 | 802 | Sistema penitenciario y carcelario | |||
| 211 | 802 | 2 | Administración, Constitución y puesta en marcha de la Empresa de Economía Mixta "Renacimiento" | ||
| 20 | Ingresos Corrientes | 700.000.000 | |||
| TOTAL CONTRACREDITOS | 22.899.221.153 |
Artículo 2º. Con base en los contracréditos del artículo anterior, acredítense los gastos del Ministerio de Justicia y del Derecho-Gestión General, en la suma de veintidós mil ochocientos noventa y nueve millones doscientos veintiún mil ciento cincuenta y tres pesos ($22.899.221.153)
CREDITO
SECCION 1201
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
UNIDAD 1201-08
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL-FONDO DE
INFRAESTRUCTURA CARCELARIA-FIC
| PROG. | SUBP. | PROY. | REC. | CONCEPTO | VALOR |
|---|---|---|---|---|---|
| 111 | Construcción de infraestructura propia del sector | 22.899.221.153 | |||
| 111 | 802 | Sistema penitenciario y carcelario | |||
| 111 | 802 | 1 | Construcción y dotación del Centro Penitenciario Regional Oriente-Acacías-Meta | ||
| 16 | Fondos Especiales | 22.899.221.153 | |||
| TOTAL CREDITOS | 22.899.221.153 |
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.