por el cual se efectua un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999

Rango Decreto
Publicación 1999-12-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 482 de 1998 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999, el cual se liquidó por medio del Decreto 2354 de 1998;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;

Que el artículo 25 del Decreto 1890 de 1999 ordena establecer en el Ministerio de Justicia y del Derecho el Fondo de Infraestructura Carcelaria-FIC, como dependencia interna, con autonomía administrativa y financiera, de acuerdo con el artículo 54 literal j) de la Ley 489 de 1998, la cual continuará desarrollando el objetivo y las funciones que tenía a su cargo el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC;

Que el Coordinador de Presupuesto de la División Financiera del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario "INPEC" certifica que en el presupuesto del INPEC existe disponibilidad presupuestal libre de afectación en la Sección 120800, así: Programa 111 Construcción de Infraestructura Propia del Sector por valor de $1.004.128.477, Programa 113 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector por valor de $21.195.092.676, Programa 211 Adquisición y/o Producción de Equipos, Materiales Suministros y Servicios propios del Sector por valor de $700.000.000.

DECRETA:

Artículo 1º. Contracredítase el presupuesto de gastos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, en la suma de veintidós mil ochocientos noventa y nueve millones doscientos veintiún mil ciento cincuenta y tres pesos ($22.899.221.153), según el siguiente detalle:

CONTRACREDITO

SECCION 1208

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO-INPEC

PROG. SUBP. PROY. REC. CONCEPTO VALOR
111 Construcción de infraestructura propia del sector 1.004.128.477
111 802 Sistema Penitenciario y Carcelario
111 802 1 Construcción Cárcel Nueva del Circuito de Girardot
16 Fondos Especiales 1.004.128.477
113 Mejoramiento y mantenimiento de Infraestructura propia del Sector 21.195.092.676
113 802 Sistema Penitenciario y Carcelario
113 802 14 Ampliación, adecuación y dotación de la Penitenciaría Nacional de Cúcuta
16 Fondos Especiales 2.471.060.146
113 802 18 Ampliación, adecuación, remodelación y dotación de la Cárcel del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá-La Modelo
20 Ingresos Corrientes 785.000.000
113 802 19 Adecuación, ampliación y remodelación de la Cárcel del Circuito Judicial del Espinal-Tolima
20 Ingresos Corrientes 547.088.000
113 802 21 Ampliación, adecuación y mantenimiento de la Cárcel del Distrito Judicial de Cali Villahermosa, previo concepto DNP
16 Fondos Especiales 1.181.213.000
113 802 22 Adecuación, ampliación, remodelación y mantenimiento de la Penitenciaría Central de Colombia La Picota
20 Ingresos Corrientes 2.500.000.000
113 802 29 Ampliación, adecuación y remodelación de la Cárcel del Circuito Judicial de Vélez-Santander
20 Ingresos Corrientes 942.802.886
113 802 103 Ampliación, adecuación y mantenimiento de la Penitenciaría Nacional de Palmira
16 Fondos Especiales 2.275.000.000
113 802 105 Adecuación, Remodelación y dotación de la Cárcel del Circuito Judicial de Turbo
20 Ingresos Corrientes 300.000.000
113 802 107 Ampliación, adecuación y mantenimiento de la Reclusión de Mujeres de Bogotá
20 Ingresos Corrientes 2.000.000.000
113 802 108 Ampliación, Adecuación y Dotación Cárcel Distrito Judicial de Tunja
20 Ingresos Corrientes 4.963.592.099
113 802 109 Mejoramiento, mantenimiento y adecuación de infraestructura de Centros Carcelarios determinados en el Plan de Recuperación
20 Ingresos Corrientes 1.229.336.545
113 802 112 Ampliación, adecuación, mantenimiento y dotación de la Cárcel Distrito Judicial de Santa Marta
20 Ingresos Corrientes 2.000.000.000
211 Adquisición y/o producción de equipos, materiales suministros y servicios propios del sector 700.000.000
211 802 Sistema penitenciario y carcelario
211 802 2 Administración, Constitución y puesta en marcha de la Empresa de Economía Mixta "Renacimiento"
20 Ingresos Corrientes 700.000.000
TOTAL CONTRACREDITOS 22.899.221.153
Artículo 2º. Con base en los contracréditos del artículo anterior, acredítense los gastos del Ministerio de Justicia y del Derecho-Gestión General, en la suma de veintidós mil ochocientos noventa y nueve millones doscientos veintiún mil ciento cincuenta y tres pesos ($22.899.221.153)

CREDITO

SECCION 1201

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

UNIDAD 1201-08

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL-FONDO DE

INFRAESTRUCTURA CARCELARIA-FIC

PROG. SUBP. PROY. REC. CONCEPTO VALOR
111 Construcción de infraestructura propia del sector 22.899.221.153
111 802 Sistema penitenciario y carcelario
111 802 1 Construcción y dotación del Centro Penitenciario Regional Oriente-Acacías-Meta
16 Fondos Especiales 22.899.221.153
TOTAL CREDITOS 22.899.221.153
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

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