Por el cual se reconoce y ordena el pago de unas deudas de la construcción de los Hoteles de Turismo de Melgar, Málaga y San Gil
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por Decretos legislativos números 0618, 1095 y 1441 de 1955, se dispuso que el Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Fomento, construyera los Hoteles de Turismo de las ciudades de Melgar, Málaga y San Gil, quedando autorizado el Ministerio para contratar parcial o totalmente la construcción de las mencionadas obras;
Que por Decretos números 2564 de 1954. 0618, 1627 y 2829 de 1955, 0998 de 1956 y 0795 de 1957, el Gobierno Nacional fijó los aportes primero, segundo, tercero, cuarto y quinto para la construcción del Hotel de Turismo de la ciudad de Melgar;
Que por Decretos números 2648 de 1954. 1095 y 2829 de 1955, 2426 de 1956 y 0795 de 1957, el Gobierno Nacional fijó los aportes primero, segundo, tercero y cuarto, para la construcción del Hotel de Turismo de la ciudad de Málaga;
Que por Decretos números 3557 de 1954, 1441 y 2829 de 1955, 2426 de 1956 y 0795 de 1957, el Gobierno Nacional fijó los aportes primero, segundo, tercero, cuarto y quinto, para la construcción del Hotel de Turismo de la ciudad de San Gil;
Que el Ministerio de Fomento, de acuerdo con la autorización conferida por el Decreto legislativo número 0618 de 1955, contrató con el doctor Adolfo Tylius Dittmann la construcción de las primeras cuatro etapas por administración delegada, del Hotel de Turismo de la ciudad de Melgar, y la quinta y última etapa se contrató a precio filo. El contrato celebrado con el doctor Tylius Dittmann con fecha 14 de agosto del presente año, para la construcción a precio fijo de la quinta y última etapa del mencionado Hotel, fue negada su aprobación por parte del honorable Consejo de Ministros, en la sesión del 13 de noviembre próximo pasado;
Que el Ministerio de Fomento de acuerdo con la autorización conferida por medio del Decreto legislativo número 1095 de 1955, contrato con el doctor Adolfo Tylius Dittmann, la construcción de las primeras cuatro etapas, por administración delegada, del Motel de Turismo de la ciudad de Málaga. El contrato celebrado con el doctor Tylius Ditímann con fecha 26 de septiembre del presente año, para construcción a precio fijo de la cuarta y última etapa del mencionado Hotel, no fue enviado a la aprobación del honorable Consejo de Ministros, por las mismas razones anotadas en la última parte del considerando anterior;
Que el Ministerio de Fomento, de acuerdo con la autorización conferida por el Decreto número 1441 de 1955, contrato con el doctor Adolfo Tylius Dittmann, la construcción de las primeras tres etapas, por administración delegada, del Hotel de Turismo de la ciudad de San Gil, y la cuarta y última etapa se contrató a precio fijo. El contrato celebrado con el doctor Tylius Dittmann con fecha 3 de julio de 1957, para la construcción a precio fijo de la cuarta parte del mencionado Hotel, fue negada su aprobación por parte del honorable Consejo de Ministros, en la sesión del 13 de noviembre próximo pasado;
Que el Ministerio de Fomento, cumpliendo instrucciones de la Presidencia de la República, le ordenó en su época al Contratista, doctor Adolfo Tylius Dittmann la continuación de los trabajos en la construcción de los Hoteles de Turismo de las ciudades de Melgar, Málaga y San Gil, según oficio de la División Nacional de Turismo, y por esta razón se encuentran pendientes de reconocimiento diferentes servicios prestados en la construcción de los mencionados Hoteles;
Que el Contratista de las obras de los mencionados Hoteles, doctor Adolfo Tylius Dittmann en comunicación de fecha 15 de noviembre de 1957, dirigida al Ministerio de Fomento, informa el estado de las cuentas de dichos Hoteles, relacionado con los trabajos e inversiones ya efectuados, que se encuentran pendientes de reconocimiento y pago, así: Melgar $ 159 .603.20; Málaga $ 250.640, y San Gil $ 176.259.00;
Que por otra parte, el Ministerio de Fomento solicitó y obtuvo del Instituto de Crédito Territorial, el servicio de un ingeniero para que practicara una visita a las construcciones de los Hoteles de Turismo de Málaga y San Gil, y del informe rendido por este funcionario, se concluye que las cantidades que se adeudan por trabajos ejecutados en dichas obras, están de acuerdo, con las informaciones del doctor Adolfo Tylius Dittmann;
Que, asimismo, en el informe rendido por el Alcalde del Circuito de Melgar, se encuentran las relaciones de las deudas pendientes de pago, por diferentes conceptos, todas ellas referentes a las obras del Hotel de Turismo de esa localidad, y de otras que se encuentran en poder del Contratista doctor Adolfo Tylius Dittmann,
decreta:
Artículo primero. Reconócese y ordénase el pago a favor del doctor Adolfo Tylius Dittmann, de la cantidad de ciento cuarenta y siete mil setecientos ochenta pesos con setenta y cuatro centavos ($ 147.780.74) moneda corriente, para cancelar las cuentas por trabajos e inversiones ya efectuados en, la construcción del Hotel de Turismo de la ciudad de Melgar, en el Departamento del Tolima. Igualmente, reconócese y ordénase el pago a favor de Tylius Dittmann, de la suma de once mil ochocientos veintidós pesos con cuarenta y seis centavos ($ 11.822.46) moneda corriente, valor del ocho por ciento (8%) sobre la anterior cantidad, a que ascienden los honorarios de administración y dirección arquitectónica con planos, de la misma obra Total de reconocimiento por este concepto $ 159.603.20.
Artículo segundo. Reconócese y ordénase el pago a favor del doctor Adolfo Tylius Dittmann, de la cantidad de doscientos treinta y dos mil ochenta y dos pesos con noventa y cuatro centavos ($ 232.082.94) moneda corriente, para cancelar las cuentas por trabajos e inversiones, ya efectuados en la construcción del Hotel de Turismo de la ciudad de Málaga, en el Departamento de Santander. Igualmente, reconócese y ordénase el pago a favor de Tylius Dittmann, de la suma de diez y ocho mil quinientos sesenta y seis pesos con sesenta y tres centavos ($ 18.566.63) moneda corriente, valor del ocho por ciento (8%) sobre la anterior cantidad a que ascienden los derechos de honorarios y dirección arquitectónica con planos, de la misma obra. Total de reconocimiento por este concepto $ 159.603.20.
Artículo tercero. Reconócese y ordénase el pago a favor del doctor Adolfo Tylius Dittmann, de la cantidad de ciento sesenta y tres mil doscientos dos pesos con ochenta y seis centavos ($ 163.202.86) moneda corriente, para cancelar las cuentas por trabajos e inversiones va efectuados en la construcción del Hotel de Turismo de la ciudad de San Gil, en el Departamento de Santander. Igualmente reconócese y ordénase el pago a favor de Tylius Dittmann, de la suma de trece mil cincuenta y seis pesos con veintitrés centavos ($ 13.056.23) moneda corriente, valor del ocho por ciento (8%) sobre la anterior cantidad, a que ascienden los derechos de honorarios y dirección arquitectónica con planos, de la misma obra Total del reconocimiento por este concepto $ 176.259.09.
Artículo cuarto. La entrega de las cantidades de que trata el presente Decreto, y las cuentas que el responsable deba rendir a la Contraloría General de la República, se efectuarán de conformidad con las respectivas normas administrativas y fiscales vigentes, y de las que dicte especialmente dicha Contraloría en desarrollo del presente Decreto.
Artículo quinto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta
Mayor General Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén PiedrahitaA.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Fomento,
Joaquín Vallejo A.
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