por el cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos de algunas Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado

Rango Decreto
Publicación 1990-10-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la del literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley 38 de 1989, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 28 de septiembre de 1990, rindió concepto favorable a la aprobación mediante decreto a las modificaciones de los presupuestos de Centrales Eléctricas del Cauca S, A., Electrificadora de Boyacá S. A., Electrificadora del Caquetá S.A., Electrificadora de Santander S. A., Empresa Antioqueña de Energía S. A., Centrales Eléctricas de Nariño S. A., Central Hidroeléctrica de Betania S. A. y Electrificadora del Atlántico S. A.

Que de conformidad con el parágrafo del artículo 18 del Decreto 3077 de 1989, el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable sobre las adiciones de los presupuestos de inversión mediante los Oficios UIP-26-045-90, UIP-26-055-90, UIP-26-042-90, UIP-26-046-90, UIP-26-025-90, UIP-22-054-90 y UIP-24-040-90.

Que analizada la información con la cual se fundamenta la petición y efectuado el estudio económico se debe proceder a la aprobación de las modificaciones.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado en la Ley 38 de 1989 y el Decreto 3077 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos y gastos de las siguientes entidades en la cuantía y rubros correspondientes:
0020 Central Hidroeléctrica de Betania S. A.
002002 Ingresos de Capital. $ 3.854.418,065
Total Ingresos. 3.854.418.055
002004 Gastos de Funcionamiento. 76.597.067
002005 Servicio de la Deuda. 607.849 .990
002006 Gastos de Inversión 3.069.971.008
002007 Gastos de Operación 100.000.000
Total Gastos. 3.854.418.065
0022 Centrales Eléctricas del Cauca S. A.
002202 Ingresos de Capital. $ 20.000.000
Total Ingresos. 20.000.000
002206 Gastos de Inversión. 20.000.000
Total Gastos. 20.000.000
0025 Electrificadora del Atlántico S. A.
002502 Ingresos de Capital. $ 816.300.000
Total Ingresos. 816.300.000
002504 Gastas de Función amiento 216.300.000
002506 Gastos de Inversión. 300.000.000
002507 Gastos de Operación. 300.000,000
Total Gastos. 816.300,000
0027 Electrificadora de Boyacá S. A.
002701 Ingresos Corrientes. $ 242.000.000
002702 Ingresos de Capital 207.000.000
Total Ingresos 449.000.000
002704 Gastos de Funcionamiento 962.900.000
002705 Servicio de la Deuda 6.000.000
002706 Gastos ele Inversión 242.000.000
002707 Gastos de Operación (761.900.000)
Total Gastos 449.000.000
0028 Electrificadora del Caquetá S. A.
008801 Ingresos Corrientes $ 501.700.500
002802 Ingresos de Capital 47,000.000
Total Ingresos 548.706.500
002806 Gastos de inversión 460.000.000
002807 Gastos de Operación 88.706.500
Total Gastos 54S.706.500
0030 Electrificadora de Santander S. A.
003001 Ingresos Corrientes $ 327.000.000:
003002 ingresos de Capital 338.500.000
Total Ingresos 660.500.000
003006 Gastos de inversión 333.500.000
003007 Gastos de Operación 327.000.000
Total Gastos 660.500.000
0032 Empresa Antioqueña de Energía. S. A.
003202 Ingresos de Capital $ 339.283.000
Total Ingresos 339.283.000
003206 Gastos de Inversión 339.283.000
Total Gastos 339.283.000
0034 Centrales Eléctricas de Nariño S. A.
003401 Ingresos Corrientes $ 112.000.000
Total Ingresos 112.000.000
003406 Gastos de Inversión 112.000.000
Total Gastos 112.000.000
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de octubre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Minas y Energía,

Luis Fernando Vergara Munárriz.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Armando Montenegro Trujillo.

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