por el cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos de algunas Empresas Industriales y Comerciales del Estado

Rango Decreto
Publicación 1990-10-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la del literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley 38 de 1989, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 28 de septiembre de 1990, rindió concepto favorable a la aprobación mediante decreto a las modificaciones de los presupuestos de la Empresa Colombiana de Vías Férreas y Ferrocarriles Nacionales de Colombia.

Que analizada la información con la cual se fundamenta la petición y efectuado el estudio económico, se debe proceder a la aprobación de las modificaciones presupuestales.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado en la Ley 38 de 1989 y el Decreto 3077 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos y gastos de las siguientes entidades en la cuantía y rubros correspondientes:

0050 Empresa Colombiana de Vías Férreas
005001 Ingresos Corrientes $ 343.409.400
Total Ingresos 343.409.400
005004 Gastos de Funcionamiento 343.409.400
Total Gastos 343.409.400
0052 Ferrocarriles Nacionales de Colombia
005201 Ingresos Corrientes $ 2.529.218.600
Total Ingresos 2.529.218.600
005204 Gastas de Funcionamiento 2.529.218.600
Total Gastos 2.529.218.600

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de octubre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Juan Felipe Gaviria Gutiérrez.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Armando Montenegro Trujillo.

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