por el cual se delegan algunas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 1984-11-06
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto Legislativo número 1 de 1977, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República estará ausente del país, durante los días 10 y 11 de octubre de 1984, con motivo de su viaje a la ciudad de Panamá, Panamá, para asistir a los actos de posesión del señor Presidente de dicho país, doctor Nicolás Ardito Barletta;

Que el Ministro de Relaciones Exteriores, en razón de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este Decreto, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Augusto Ramírez Ocampo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5º, 6º y 7º del artículo 118; numeral 2º del artículo 119 y numerales 2º, 3º, 6º y 7º del artículo 120 de la Constitución
Artículo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de octubre de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Alfonso Ospina Ospina.

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