por el cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos de algunas Empresas Industriales y Comerciales del Estado

Rango Decreto
Publicación 1990-10-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la del literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley 38 de 1989, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 23 de julio de 1990, rindió concepto favorable a las modificaciones de los presupuestos de la Empresa de Telecomunicaciones de Calarcá y la Empresa de Telecomunicaciones de Tuluá.

Que de conformidad con el parágrafo del artículo 18 del Decreto 3077 de 1989, el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable sobre las adiciones de los presupuestos de inversión mediante el Oficio número UIP-26-027-90.

Que analizada la información con la cual se fundamenta la petición y efectuado el estudio económico se debe proceder a la aprobación de las modificaciones.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado en la Ley 38 de 1989 y el Decreto 3077 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos y gastos de las siguientes entidades en la cuantía y rubros correspondientes:
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de octubre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Comunicaciones,

Alberto Casas Santamaría.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Armando Montenegro Trujillo.

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