por la cual se designan los miembros del Consejo Nacional de Planeación

Rango Decreto
Publicación 1994-11-16
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 340 de la Constitución Política y el artículo 11 de la Ley 152 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9° de la Ley 152 de 1994 establece que para la integración del Consejo Nacional de Planeación las autoridades, organizaciones y sectores allí indicados enviarán temas a efectos de que por parte del Presidente de la República se efectúe la respectiva designación;

Que mediante Decreto 2284 de octubre 6 de 1994 se indicaron los requisitos para la presentación y conformación de las temas por parte de las autoridades, sectores y organizaciones de que trata el artículo 9' de la Ley 152 de 1994;

Que las autoridades, sectores y organización atendiendo la convocatoria contenida en el Decreto 2338 del 13 de octubre de 1994, presentaron a consideración del Presidente de la República las respectivas temas,

DECRETA:

Artículo 1°. Designar como miembros del Consejo Nacional de Planeación a las personas que se enuncian a continuación, en representación de las autoridades, organizaciones y sectores señalados en el artículo 9o de la Ley 152 de 1994;

1.Por las entidades territoriales:

Gobernador Departamento de La Guajira

Gobernador Departamento del Valle

Gobernador Departamento del Meta

Gobernador Departamento del Huila

Gobernador Departamento del Putumayo

Alcalde Municipio de Valledupar

Alcalde Municipio de Ocaña

Alcalde Municipio de Manizales

Alcalde Municipio de Paz de Ariporo

Cédula de Ciudadanía
Carlos Alberto Garay S. 17141071 de Bogotá
César de Hart Vergoechea 7438697 de B/quilla
Ernesto Parra Escobar 2940972 de Bogotá
Germán Jaramillo Rojas 17100512 de Bogotá

3.Por los sectores sociales

Isaías Tristancho Gómez 2020692 de B/manga
William Jaimes Torres 6880058 de Montería
Hernando Monroy Valencia 118681 de Bogotá
Francisco de Roux Rengifo 17096482 de Bogotá
Rodrigo Escobar Navia 162073 de Bogotá
Clemente Forero Pineda 17129620 de Bogotá
Margarita Pacheco Montes 41491045 de Bogotá
Guillermo Cardona Moreno 19191036 de Bogotá

Indígenas:

Abadio Green Stocel C.E. 184277 de Bogotá

Comunidades Negras:

William Klinger Brahan 11791776 de Quibdó

Comunidades isleñas raizales:

Rafael Arenas Mclaughlin 15240236 de San Andrés

Mujeres:

Olga Amparo Sánchez 32437691 de Medellín 32437691 de Medellín
María Lady Londoño 24457142 de Armenia
Artículo 2°. La duración y renovación de la designación de que trata el artículo anterior, se sujetará a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 152 de 1994.
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de noviembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

José Antonio Ocampo Gavina.

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