Por el cual se deroga el Decreto 118 del 15 de enero de 1996
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 118 del 15 de enero de 1996 y con fundamento en el artículo 114 de la Ley 104 de 1993, modificado y adicionado por el artículo 52 de la Ley 241 de 1995, el Gobierno Nacional nombró al Mayor de la Policía Nacional, José Antonio Poveda Montes, como Alcalde del Municipio de Miraflores, Departamento de Guaviare, en consideración a que el titular de dicha Alcaldía, Mauro Restrepo Oliveira, fue vilmente asesinado en las circunstancias descritas por la norma citada, las cuales fueron certificadas por el señor Fiscal General de la Nación, en cumplimiento del artículo 114 de la Ley 104 de 1994, modificado por el artículo 52 de la Ley 241 de 1995, a cuyo tenor: "En caso de que un gobernador o alcalde renuncie como resultado de amenazas, intimidación o presión de grupos subversivos, de milicias populares rurales o urbanas, de las llamadas autodefensas, terroristas o de organizaciones delincuenciales, o sea secuestrado o haya perdido su vida por causa de las mismas y así lo verifique la Fiscalía General de la Nación, el Presidente de la República podrá nombrar libremente su reemplazo";
Que la honorable Corte Constitucional, por medio de la Sentencia C-586 del 7 de diciembre de 1995, declaró inexequible el artículo 114 de la Ley 104 de 1993;
Que a la fecha de expedición del Decreto 118 del 15 de enero de 1996, la Corte Constitucional no había hecho pública mediante su respectiva notificación la Sentencia C-586 de 1995, la cual, según certificación de la Secretaría General de la Corte Constitucional, fue notificada por medio de edicto, fijado en la Secretaría General el día 15 de enero de 1996 y desfijado el día 17 del mismo mes y año;
Que si bien el artículo 52 de la Ley 241 de 1995 se encuentra vigente, reproduce sustancialmente el contenido del artículo 114 de la Ley 104 de 1993, declarado inexequible por la Corte y, en tales circunstancias, la ejecutoria de la Sentencia C-586 de 1995, produjo como consecuencia la inaplicabilidad del Decreto 118 de 1996;
Que el Mayor de la Policía Nacional, José Antonio Poveda Montes, no se ha posesionado como Alcalde del Municipio de Miraflores, Departamento de Guaviare,
DECRETA:
Artículo 1º. Derógase el Decreto 118 del 15 de enero de 1996.
Artículo 2º. De conformidad con los artículos 106 y 107 de la Ley 136 de 1994, compete al Gobernador del Departamento de Guaviare, designar alcalde encargado y, en el mismo acto, de común acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, convocar a nuevas elecciones.
Artículo 3º. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de febrero de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro del Interior,
Horacio Serpa Uribe.
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Carlos Esguerra Portocarrero.
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