Por el cual se adoptan disposiciones relativas a la celebración del Día de las Naciones Unidas

Rango Decreto
Publicación 1964-10-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en su segundo periodo de sesiones, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución número 162, por la cual Invitó a los Estados Miembros a cooperar en la celebración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre de cada año, aniversario de la entrada en vigor de la Carta de la Organización;

Que por Resolución número 314, aprobada en su XI periodo de sesiones, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas pidió a los Estados Miembros que estimulen la difusión, dentro de sus respectivos territorios, de información sobre los propósitos, principios y actividades de la Organización y de sus organismos especializados,

DECRETA:

Artículo 1°. El Gobierno de Colombia se asocia oficialmente a la conmemoración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre del año en curso.
Artículo 2°. Las autoridades nacionales departamentales y municipales organizarán, de común acuerdo con el Centro de Información y el Comité Colombiano de Colaboración con las Naciones Unidas, los actos y programas que se consideren adecuados para la celebración de la fecha aniversaria mencionada.

Parágrafo. A este efecto, el Ministerio de Educación Nacional transmitirá a las Direcciones Departamentales de Educación Pública, a las Intendencias y Comisarías, y a las Universidades y establecimientos oficiales de educación, el texto del presente Decreto, a fin de que en sus respectivas jurisdicciones se preste la más amplia colaboración en los actos que sean programados para la conmemoración del Día de las Naciones Unidas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 7 de octubre de 1964.

GUILLERMO LEÓN VALENCIA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Fernando Gómez Martínez.

El Ministro de Educación Nacional,

Pedro Gómez Valderrama.

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