por el cual se deroga el Decreto 1339 del 15 de junio de 1951 y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 33 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1° Derógase el Decreto 1339 del 15 de junio de 1951, mediante el cual se creó la Tarjeta de Turismo, así como las demás normas que regulen lo relacionado con esta materia, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en la Sección Décimo Quinta, artículos 76 a 81 del Decreto 1000 del 26 de marzo de 1986.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir del 1° de noviembre de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 25 de octubre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Luis Fernando Jaramillo Correa.
El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,
General Miguel Maza Márquez.
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