Por el cual se aprueba el Acuerdo número 138 del 14 de diciembre de 1981, emanada de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, ICETEX
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el artículo 9° del Decreto 1926, parágrafo único,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase, con modificaciones, el Decreto numero 000186 del 11 de diciembre de 1980, expedido por la Comisaría Especial del Guainía, relativo al presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1981, así:
DECRETO NUMERO 000186 DE 1980
(diciembre 11)
por el cual se determina el presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1981.
El Comisario Especial del Guainía, en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro Comisarial para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981, en la suma de cuarenta y dos millones novecientos sesenta mil doscientos setenta y siete pesos ($42.960.277.00) moneda corriente, así:
PRIMERA PARTE
Presupuesto deRentas e Ingresos
CAPITULO I
| Ingresos Corrientes | Ingresos Corrientes | Ingresos Corrientes | 42.859.677 | |
|---|---|---|---|---|
| Ingresos tributarios | Ingresos tributarios | 3.785.000 | ||
| B. | Impuestos Indirectos | 3.785.000 | ||
| 05 Tabaco | 1.300.000 | |||
| 06 Cervezas | 1.300.000 | |||
| 09 Cigarrillos extranjeros | 120.000 | |||
| 10 Licores y vinos extranjeros | 55.000 | |||
| 11 Licores y vinos nacionales | 1.000.000 | |||
| Ingresos no tributarios | Ingresos no tributarios | 39.174.677 | ||
| A. | Tasas y venta de servicios | 615.000 | ||
| 20 Energía eléctrica | 500.000 | |||
| 22 Acueductos | 100.000 | |||
| 23 Transporte | 10.000 | |||
| 24 Alquiler de maquinaria | 5.000 | |||
| B. | Rentas ocasionales | 60.000 | ||
| 30 Multas y reintegros | 10.000 | |||
| 31 Aprovechamientos | 50.000 | |||
| C. | Rentas contractuales | 20.000 | ||
| 38 Arrendamientos | 20.000 | |||
| D. | Aportes auxilios y participaciones | 38.479.677 | ||
| 44 Auxilio DAINCO | 17.177.000 | |||
| 45 Decreto 1926, artículo 5° | 15.989.977 | |||
| 48 Participación nacional consumo gasolina | 1.000.000 | |||
| 49 Transferencias FER | 4.312.700 |
CAPITULO II
| Presupuesto de recursos de capital | Presupuesto de recursos de capital | Presupuesto de recursos de capital | 600 | |
|---|---|---|---|---|
| Recursos del balance del tesoro | Recursos del balance del tesoro | 600 | ||
| A. | Saldo vigencias expiradas | 300 | ||
| 53 Fondos comunes | 100 | |||
| 54 Auxilios aportes especiales | 100 | |||
| 55 Superávit | 100 | |||
| C. | Venta de activos | 300 | ||
| 65 Bienes raíces | 100 | |||
| 66 Semovientes | 100 | |||
| 67 Maquinaria | 100 | |||
| Total presupuesto de rentas y recursos de capital | Total presupuesto de rentas y recursos de capital | 42.960.277 |
SEGUNDA PARTE
Presupuesto de Gastos.
Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la Comisaría Especial del Guainía, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981, una suma igual a la del cálculo de rentas y recursos de capital del Tesoro comisarial determinado en el artículo anterior, por valor de cuarenta y dos millones novecientos sesenta mil doscientos setenta y siete pesos ($ 42.960.277.00) moneda corriente, distribuidos así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento.
Resumen gastos de Funcionamiento.
| A. Servicios personales | $22.469.500 |
|---|---|
| B. Gastos generales | 11.905.400 |
| C. Transferencias | 6.434.777 |
| D. Servicio de la deuda | 1.500.100 |
| Total | 42.309.777 |
| Consejo Comisarial. | Consejo Comisarial. |
| --- | --- |
| A. | Servicios personales |
| 1 Dietas | |
| 2 Sueldos personal nómina (2½) meses | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| B. | Gastos generales |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| Total Consejo Comisarial | Total Consejo Comisarial |
| Despacho Comisarial | Despacho Comisarial |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 24 Gastos especiales | |
| Total Despacho Comisarial | Total Despacho Comisarial |
| Secretaria Administrativa. | Secretaria Administrativa. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 8 Vacaciones remuneradas | |
| 9 Reconocimiento por entrega de oficina | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y seguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 26 Reconocimiento póliza de manejo | |
| C. | Transferencias |
| 30 Giros a municipios y corregimientos participación rentas, 30% | |
| 31 Aporte a la Caja de Previsión Social | |
| 32 Aporte para subsidio familiar | |
| 33 Raciones y traslado de presos | |
| 35 Gastos protección indígena | |
| 36 Pago servicio Policía (exclusivamente) | |
| 38 Aguinaldo del Niño Pobre | |
| 39 Auxilio gente de escasos recursos | |
| 41 Pagos al SENA | |
| 42 Celebración Día del Campesino | |
| 47 Celebración festividades patrias | |
| 49 Capacitación empleados | |
| 52 Bienestar Familiar, 2% nómina de empleados | |
| 53 Auxilio radio operador DAINCO | |
| 54 Cesantías | |
| 59 Sueldo Director v Guardianes Cárcel | |
| 60 Fomento deportivo | |
| 61 Dotación uniforme empleados comisariales | |
| D. Servicio de la deuda | D. Servicio de la deuda |
| 66 Deuda a COINCO (amortización e intereses) | |
| 67 Saldo deudas vigencias expiradas | |
| 68 Intereses amortización empréstitos | |
| Sección Alcaldías, Corregidurías e Inspecciones de Policía | Sección Alcaldías, Corregidurías e Inspecciones de Policía |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de transporte | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Combustible | |
| Total Secretaría Administrativa | Total Secretaría Administrativa |
| Secretaria de Obras Públicas. | Secretaria de Obras Públicas. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 4 Jornales | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de transporte | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Compra combustible | |
| C. | Transferencias |
| 62 Dotación de obreros | |
| Total Secretaría de Obras Públicas | Total Secretaría de Obras Públicas |
| Secretaria de Educación | Secretaria de Educación |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| Total Secretaría de Educación | Total Secretaría de Educación |
| Total presupuesto de gastos | Total presupuesto de gastos |
CAPITULO IV
Gastos de inversión.
PROGRAMA I
Obras Públicas.
| Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | 650.500 | ||
|---|---|---|---|
| Inversión indirecta. | 650.500 | ||
| Subprograma 150. Aportes y auxilios obras públicas municipales | 500.500 | ||
| Subprograma 153. Compra de certificados de aportación COINCO | 150.000 | ||
| Total gastos de inversión | 650.500 |
RESUMEN
| Funcionamiento | Inversión | Total | |
|---|---|---|---|
| Consejo Comisarial | 362.365 | 362.365 | |
| Despacho Comisarial | 2.399.400 | 2.399.400 | |
| Secretaría Administrativa | 17.360.877 | 17.360.877 | |
| Secretaria de Obras Públicas | 19.565.135 | 650.500 | 20.215.635 |
| Secretaría de Educación | 2.622.000 | 2.622.000 | |
| Total | 42.309.777 | 650.500 | 42.960.277 |
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Comisaría del Guainía será el Comisario.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la Comisaría podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia comisarial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y. terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Articulo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Comisarial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que se haya suministrado el bien, de acuerdo al contrato solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.
Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro que da origen, en el primer caso; o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Comisarial, con participación del Secretario Administrativo, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa, de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminadas por el objeto del gsto.
Artículo décimo. La Administración Comisarial no podrá celebrar contratos, mi contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total' de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrán exceder, durante los primeros seis meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastas globalmente considerados, será el promedio del recaudo, de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de orednación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que haya sido objeto de certificados de reserva expedidos, por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuestos de timbre y derecho de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Comisario y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) deberá ser autorizada por el Comisario, mediante resolución motivada.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.