por el cual se aprueba el Acuerdo número 025 de octubre 9 de 1992 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del QUINDÍO, CRQ, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1993-02-05
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

ARTICULO 1o. Apruébase el Acuerdo Número 025 de octubre 9 de 1992 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 025 DE 1992

“Por el cual se establece la estructura orgánica de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, y se determinan las funciones de sus dependencias”

LA JUNTA DIRECTIVA

DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL QUINDIO

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial de las que le confieren la Ley 66 de 1964 y los Decretos 1083 de 1976 y 2407 de 1987,

ACUERDA:

ARTICULO 1o. La estructura orgánica de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, será la siguiente:

6.1 División de Suelos y Bosques

6.2 División de Aguas

6.3 División de Desarrollo Comunitario

7.1 División Administrativa

7.2 División Financiera

8.1 Comité de Dirección

8.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones

8.3 Comisión de Personal

JUNTA DIRECTIVA Y DIRECCION GENERAL

ARTICULO 2o. La Junta Directiva y la Dirección General cumplirán las funciones asignadas en la Ley 66 de 1964, el Decreto 2407 de 1987 y demás disposiciones legales vigentes.

OFICINA DE PLANEACION

ARTICULO 3o. Son funciones de la Oficina de Planeación las siguientes:

OFICINA JURIDICA

ARTICULO 4o. Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes:

SECRETARIA GENERAL

ARTICULO 5o. Son funciones de la Secretaría General las siguientes:

SUBDIRECCION TECNICA Y DE RECURSOS NATURALES

ARTICULO 6o. Son funciones de la Subdirección Técnica y de Recursos Naturales las siguientes:

DIVISION DE SUELOS Y BOSQUES

ARTICULO 7o. Son funciones de la División de Suelos y Bosques las siguientes:

DIVISION DE AGUAS

ARTICULO 8o. Son funciones de la División de Aguas las siguientes:

DIVISION DE DESARROLLO COMUNITARIO

ARTICULO 9o. Son funciones de la División de Desarrollo Comunitario las siguientes:

SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

ARTICULO 10. Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera las siguientes:

DIVISION ADMINISTRATIVA

ARTICULO 11. Son funciones de la División Administrativa las siguientes:

DIVISION FINANCIERA

ARTICULO 12. Son funciones de la División Financiera las siguientes:

III ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION

ARTICULO 13. El Comité de Dirección está integrado de la siguiente manera:

Las funciones de la Secretaría del Comité de Dirección, serán desempeñadas por el funcionario que designe el Director General.

ARTICULO 14. Son funciones del Comité de Dirección las siguientes:

LA JUNTA DELICITACIONES Y ADQUISICIONES

ARTICULO 15. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones está integrada de la siguiente manera:

Las funciones de la Secretaría de Junta de Licitaciones y Adquisiciones serán desempeñadas por el Jefe de la División Administrativa.

ARTICULO 16. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones como cuerpo asesor de la Dirección General tendrá las siguientes funciones:

COMISION DE PERSONAL

ARTICULO 17. La Comisión de Personal estará integrada de acuerdo a las normas vigentes y cumplirá las funciones contempladas en las mismas.

ARTICULO 18. El presente acuerdo deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial, el Acuerdo número 007 de abril 12 de 1977 y resoluciones número 198 de mayo 15 y 297 de julio 11 de 1978 y rige a partir de la fecha de aprobación, por Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Armenia (Quindío), a los 9 días del mes de octubre de 1992.

(FDO.) El Presidente de la Junta.

(FDO.) El Secretario de la Junta.”

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 4 días de febrero de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

Armando Montenegro.

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