DECRETO 2543 DE 1948
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 58 da 1931, pueden funcionar hasta dos Superintendentes Delegados de Sociedades Anónimas;
Que en virtud del artículo 11 del Decreto 1984 de 1939, la Superintendencia de Sociedades Anónimas comenzó sus labores con el Superintendente y un solo Superintendente Delegado, y
Que el Gobierno juzga conveniente el funcioamiento de la otra Superintendencia Delegada para las Sociedades Anónimas prevista por la ley, a fin de asegurar la mejor vigilancia que está encomendada a dicha institución,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del día 15 de los corrientes funcionará en la Superintendencia de Sociedades Anónimas una nueva Superintendencia Delegada.
Artículo 2° Nómbrase al señor Luis Borrero Mercado para ejercer el cargo a que se refiere el artículo, anterior.
Parágrafo. El nombrado otorgará caución por valor de diez mil pesos ($ 10.000) , en la forma señalada por la ley para el Superintendente de Sociedades Anónimas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de julio de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Comercio e Industrias,
José del Carmen MESA
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