por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 1° de septiembre del presente año, suprímense los siguientes cargos en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas:
Zona de Edificios Nacionales del Cauca:
Cajero Auxiliar.
Médico Jefe.
Cuarteles de Popayán:
Oficial de Estadística.
Mecanógrafa.
1 Ayudante General de Almacén.
Subalmacenista.
Maestro de Obra de Segunda.
Hotel de Turismo de Popayán:
Enfermero.
Ayudante de Contabilidad.
Subalmacenista.
Zona de Edificios Nacionales del Valle:
Cajero Auxiliar.
Médico Jefe.
Edificio Nacional de Manizales:
Ingeniero de Construcción.
Zona de Edificios Nacionales de Santander:
Edificio de Correos y Telégrafos de Pamplona:
Subalmacenista.
Artículo 2° Créanse en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, los siguientes cargos, con las asignaciones que en seguida se expresan:
Zona de Edificios Nacionales del Valle:
Mecanógrafa, con $ 180 mensuales.
Zona de Edificios Nacionales del Cauca:
Mecanógrafa, con $ 200 mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de agosto de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.
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