por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio Exterior establecida mediante los Decretos números 169 y 1858 de 1992

Rango Decreto
Publicación 1993-12-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Comercio Exterior de que trata el artículo 1° del Decreto número 169 y el artículo 1° del Decreto número 1858 de 1992, los siguientes cargos:

No. de cargos Denominación Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 Secretario Bilingüe 5235 23
2 Secretario Ejecutivo 5040 17

Artículo 2° Crear los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de Comercio Exterior:

No. de cargos Denominación Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
2 Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 22
1 Secretario Ejecutivo 5040 11

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos números 169 y 1858 de 1992.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Comercio Exterior,

Juan Manuel Santos C.

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Jorge Eliécer Sabas Bedoya.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.