Por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica

Rango Decreto
Publicación 1981-10-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 5 de 1981 (enero 27), emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO- NUMERO 5 DE 1981

(enero 27)

por el cual se establece la planta de Personal del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica, en uso de sus facultades legales,

ACUERDA:

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:

Dirección General. Dirección General. Dirección General.
N° cargos Dependencia y denominación Código Grado
1 (uno) Director General de Establecimiento Público 0015 06
1 (uno) Secretario 5140 10
1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 07
Subdirección. Subdirección. Subdirección.
1 (uno) Subdirector General de Establecimiento Público (M. T.) 0040 01
Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General.
1 (uno) Secretario General 0037 01
1 (uno) Secretario 5140 10
1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 07
División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa.
1 (uno) Jefe de División 2040 08
1 (uno) Mecanógrafo 5180 04
Sección Financiera. Sección Financiera. Sección Financiera.
1 (uno) Jefe de Sección (M. T.) 2075 05
1 (uno) Profesional Universitario (M. T.) 3020 06
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 07
Sección Biblioteca. Sección Biblioteca. Sección Biblioteca.
1 (uno) Jefe de Sección 2075 02
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 11
2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 11
2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 09
4 (cuatro) Ayudante de Oficina 5155 05
1 (uno) Secretario 5140 10
1 (uno) Secretario 5140 08
1 (uno) Operario Calificado 6000 07
1 (uno) Profesional Universitario 3020 04
1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 05
Grupo Almacén Inventarios. Grupo Almacén Inventarios. Grupo Almacén Inventarios.
4 (cuatro) Celador 6020 04
2 (dos) Celador 6020 03
Grupo Servicios Generales. Grupo Servicios Generales. Grupo Servicios Generales.
2 (dos) Auxiliar Servicios Generales 6035 05
2 (dos) Auxiliar Servicios Generales 6035 03

Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Para su validez requiere de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de enero de mil novecientos ochenta y uno.

El Presidente de la Junta, (Fdo.), Jorge Eliécer Ruiz, Director Biblioteca Nacional.

El Secretario (Fdo.) Víctor Emilio Jara A

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de septiembre de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

El Ministro de Educación Nacional,

Carlos Albán Holguín.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Laura Ochoa de Ardila.

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