por el cual se aumenta la asignación básica de los empleados públicos del Instituto de Mercadeo Agropecuario "IDEMA", que han sido afectados en su ingreso real por la eliminación de rentas exentas, según lo dispuesto en la Ley 75 de 1986

Rango Decreto
Publicación 1987-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad extraordinaria conferida por el numeral 3º del artículo 90 de la ley 75 de 1986,

DECRETA:

Artículo 1ºLos empleados públicos del Instituto de Mercadeo Agropecuario "IDEMA" que ocupan cargos para los cuales se tienen asignados gastos de representación como parte de la remuneración básica y a quienes por lo tanto se les redujo su ingreso real al ser eliminada tal asignación como renta exenta, tendrán derecho a un incremento de la asignación básica mensual para el año 1987, de acuerdo con los siguientes porcentajes:
1. Gerente General
Secretario General
Subgerente %
Auditor Operativo Nacional 6
2. Jefe Oficina Asesora II 5
3. Jefe de División II, Jefe de Oficina Asesora I, Director Regional 4
4. Jefe de División I 3
5. Jefe de Unidad I, II, Jefe de Sección, Asistente de Subgerencia, Auditor Operativo Delegado 2
6. Director de Planta de Silos A, Jefe de Departamento, Director de Centros de operación Comercial A, Investigador Administrativo 1
7. Laboratorista Almacenista, Director de Planta de Silos B y C, Director de Centro de Operación Comercial B y C 0.5
8. Director de Centro de operación Comercial D. 0.2
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL y surte efectos fiscales a partir del 1º de marzo de 1987.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de diciembre de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Ministro de Agricultura,

Luis Guillermo Parra Dussán.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

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