Por el cual se destinan las partidas para sueldos, alimentación y demás gastos de sostenimiento del Liceo Nacional Femenino, de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1941-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos de empleados, alimentación y demás gastos de sostenimiento del Liceo Nacional Femenino de Bogotá, se destinan las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:
Mensual. Total.
Directora $ 225.00 225.00
Secretaria-Habilitada 100.00 100.00
Directoras de Grupo (7), a $ 110 cada una 770.00 770.00
Profesora-de Dibujo 70.00 70.00
Profesora de Canto y Música 60.00 60.00
Profesora de Educación Física 70.00 70.00
Pofesorado externo, 112 horas semanales, a $ 2 la hora 224.00 224.00
Médico 70.00 70.00
Dentista 50.00 50.00
Capellán-Profesor de Religión 50.00 50.00
Ecónoma 60.00 60.00
Enfermera 30.00 30.00
Portera 30.00 30.00
Servicio doméstico 150.00 150.00
Sumas $ 1.959.00 1.959.00

Para sueldos en 11 meses, de febrero a diciembre,

así:

Mensual. Total.
Directora $ 225.00 2,475.00
Subdirectora 160.00 1.760.00
Secretaria-Habilitada 100.00 1.100.00
Ocho Directoras de Grupo, a $ 110 cada una 880.00 9.680.00
Profesora de Dibujo 50.00 550.00
Profesora de Canto y Música 60.00 660.00
Profesora de Educación Física 100.00 1.100.00
Profesorado externo, hasta 398 horas al año a $ 2 la hora 796.00
Médico 70.00 770.00
Dentista 50.00 550.00
Capellán-Profesor 50.00 550.00
Ecónoma 60.00 660.00
Enfermera 30.00 330.00
Portera 30.00 330.00
Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 109.00 1.199.00
Total $ 24.469.00

Para alimentación de alumnas y empleadas internas, así:

Mensual. Total.
De 15 empleadas internas, a $ 14 cada una, en diez meses $ 210.00 2.100.00
Para alimentación del servicio doméstico, en diez meses 160.00 1.600.00
De 180 alumnas internas, a $ 14 cada una, en diez meses 2.520.00 25.200.00
Para servicios de energía, aseo, agua, teléfono, deportes,
excursiones, material de enseñanza, útiles de escritorio,
mobiliario y demás gastos del Liceo, en el año $ 4.380.00
Total 33.280.00

Comuníquese y publíquese. '

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos. LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

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