Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 02 del 31 de octubre de 1980, originario del Consejo Intendencial del Putumayo, relativo a la determinación del presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1981
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Constitución Nacional y el artículo 9° del Decreto 1926 de 1975, parágrafo único.
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase, con modificaciones, el Acuerdo número 02 del 31 de octubre de 1980, originario del Consejo Intendencial del Putumayo, relativo a la determinación del presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional del Putumayo, para el período fiscal comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
«ACUERDO NUMERO 02 DE 1980
(octubre 31)
por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 1981.
El Consejo Intendencial del Putumayo, en uso de sus atribuciones legales,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro para la vigencia fiscal del primero (1°) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), en la cantidad de cierto sesenta y cuatro millones ciento cincuenta y un mil quinientos sesenta pesos ($ 164.151.560.00) moneda corriente, según los pormenores siguientes:
PRIMERA PARTE
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO I
| Ingresos corrientes | Ingresos corrientes | Ingresos corrientes | 164.150.560 | |
|---|---|---|---|---|
| Ingresos tributarios | Ingresos tributarios | 31.866.000 | ||
| A. | Impuestos directos | 520.000 | ||
| 01 Registro y Anotación | 500.000 | |||
| 02 Circulación y tránsito | 20.000 | |||
| B. | Impuestos indirectos | 31.346.000 | ||
| 05 Tabaco | 15.000.000 | |||
| 06 Cerveza | 16.000.000 | |||
| 07 Degüello | 35.000 | |||
| 08 Gasolina | 110.000 | |||
| 09 Cigarrillos extranjeros | 35.000 | |||
| 10 Licores y vinos extranjeros | 150.000 | |||
| 11 Licores y vinos nacionales | 10.000 | |||
| 12 Otros consumos | 0.000 | |||
| Ingresos no tributarios | Ingresos no tributarios | 132.284.560 | ||
| A. | Tasas y venta de servicios | 3.250.000 | ||
| 18 Energía eléctrica | 3.000.000 | |||
| 23 Producto granja | 250.000 | |||
| B. | Rentas ocasionales | 4.200.000 | ||
| 25 Multas | 80.000 | |||
| 27 Aprovechamientos | 70.000 | |||
| 28 Venta de formularios y placas | 50.000 | |||
| 29 Intereses por depósitos bancarios | 4.000.000 | |||
| C. | Rentas contractuales | 20.000.000 | ||
| 33 Explotación licores | 20.000.000 | |||
| D. | Aportes, auxilios y participaciones | 104.834.560 | ||
| 37 Cánones superficiarios de arrendamientos | 5.000.000 | |||
| 38 Participación regalías petrolíferas | 70.000.000 | |||
| 39 Participación nacional consumo gasolina (ICEL) | 26.600.000 | |||
| 49 Otros | 100 | |||
| 50 Impuesto a las ventas | 100 | |||
| 51 Devolución de rentas Minhacienda por cánones superficiarios | 3.234.360 |
CAPITULO II
| Presupuesto de Recursos de Capital | Presupuesto de Recursos de Capital | Presupuesto de Recursos de Capital | 1.000 | |
|---|---|---|---|---|
| Recursos del balance del tesoro | Recursos del balance del tesoro | 1.000 | ||
| A. | Saldos vigencias expiradas | 300 | ||
| 51 Fondos comunes | 100 | |||
| 52 Auxilio aportes especiales | 100 | |||
| 53 Superávit | 100 | |||
| B. | Recursos del Crédito | 200 | ||
| 56 Interno | 100 | |||
| 57 Externo | 100 | |||
| C. | Venta de activos | 500 | ||
| 60 Bienes raíces | 300 | |||
| 61 Semovientes | 100 | |||
| 62 Maquinaria | 100 | |||
| Total presupuesto de rentas e ingresos | Total presupuesto de rentas e ingresos | 164.151.560 |
SEGUNDA PARTE
Presupuesto de Gastos.
Artículo segundo. Aprópiase para atender los gastos de la Intendencia Nacional del Putumayo, durante la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), una suma igual a la del cálculo de las rentas e ingresos del Tesoro de la Intendencia, determinado en el artículo anterior, por el valor de ciento sesenta y cuatro millones ciento cincuenta y un mil quinientos sesenta pesos ($ 164.151.560.00) moneda corriente, distribuida así:
CAPITULO III
Presupuesto de Gastos de Funcionamiento
RESUMEN
| A. Servicios personales | 45.125.045 |
|---|---|
| B. Gastos generales | 32.921.000 |
| C. Transferencias | 23.205.127 |
| D. Servicio de la Deuda | 12.600.000 |
| Total | 113.851.172 |
| Consejo Intendencial | |
| --- | --- |
| A. | Servicios personales |
| 1 Dietas | |
| 2 Sueldo personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 3 Prima de Navidad | |
| B. | Gastos Generales |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| Total Consejo Intendencial | Total Consejo Intendencial |
| Despacho Intendencial. | |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 17 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicios de comunicación | |
| 19 Servicios públicos | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 24 Gastos especiales | |
| 25 Gastos de orden público | |
| 26 Gastos func. Casa Intendencial | |
| Total Despacho Intendencial | Total Despacho Intendencial |
| Secretaría de Gobierno. | Secretaría de Gobierno. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 22 Arrendamientos | |
| C. | Transferencias |
| 33 Raciones y traslado de presos | |
| 34 Pago pensiones manicomios y asilos | |
| 35 Protección indígenas | |
| 36 Pago servicios Policía | |
| 39 Auxilio gentes escasos recursos | |
| 56 Bonificación cabildos indígenas en el territorio | |
| 59 Aux. implementos Casa Campesina Mocoa | |
| Total Secretaría de Gobierno | Total Secretaría de Gobierno |
| Secretaría de Hacienda. | Secretaría de Hacienda. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 8 Prima de Navidad | |
| 9 Reconocimiento por entrega de oficinas | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Combustible plantas eléctricas municipios territorio | |
| 22 Arrendamientos | |
| C. | Transferencias |
| 30 Giros a municipios y corregimientos por participación en ventas, 30% | |
| 31 Aporte a la Caja de Previsión Social, 8% | |
| 31-1. Aporte a la Caja de Previsión Intendencial. Especialización médica oriundo Putumayo | |
| 32 Aporte para subsidio familiar | |
| 42 Celebración Día del Campesino | |
| 44 Aporte COINCO programa gestión delegada | |
| 52 ICBF, 2% nómina empleados | |
| 53 Auxilio radio-operador DAINCO | |
| 54 Cesantías | |
| 54-1. Prima de antigüedad | |
| 59 Aux. Defensa Civil Mocoa, compra equipo radiocomunicación | |
| 60 Aporte para gastes de funcionamiento Municipios y Corregimientos: Puerto Leguízamo | |
| Villagarzón | |
| San Francisco | |
| Colón | |
| Sibundoy | |
| Santiago | |
| 61 Aporte sindicato trabajadores oficiales | |
| 62 Aporte al granero sindical | |
| 63 Dotación obreros | |
| 64 Pago indemnización y otros | |
| 65 Aporte al Municipio de Villagarzón para la celebración cincuentenario héroes conflicto colombo-peruano | |
| D. | Servicio de la deuda |
| 65 Amortización carta de crédito Banco Ganadero | |
| 66 Deuda COINCO amortización é interés | |
| 67 Saldo deuda vigencias expiradas | |
| 68 Interés amortización empréstitos y pago comisiones bancarias | |
| 69 Pago a CEDENAR por suministro de energía | |
| Total Secretaría de Hacienda | Total Secretaría de Hacienda |
| Secretaria de Obras Públicas | Secretaria de Obras Públicas |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones empleados y obreros | |
| 11 Prima semestral empleados y obreros | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Combustibles, grasas y lubricantes para maquinaria pesada | |
| 22 Arrendamientos | |
| Total Secretaría de Obras Públicas | Total Secretaría de Obras Públicas |
| Secretaría de Planeación y Desarrollo | Secretaría de Planeación y Desarrollo |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| Total Secretaría de Planeación y Desarrollo | Total Secretaría de Planeación y Desarrollo |
| Secretaria de Educación | Secretaria de Educación |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Dotación restaurantes y colegio Pió XII, Mocoa y otros | |
| C. | Transferencias |
| 25 Aporte festividades culturales fin de año | |
| 26 Aporte Jundeportes preparación campeonato fútbol Territorios Nacionales | |
| Total Secretaría de Educación | Total Secretaría de Educación |
CAPITULO IV
Gastos de Inversión.
PROGRAMA I
Obras Públicas.
| Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | 47.200.187 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión directa | Inversión directa | 40.900.000 | ||
| Subprograma 101. Construcción carreteras y calles | Subprograma 101. Construcción carreteras y calles | 6.500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Carretera Villagarzón - Orito | 2.000.000 | |||
| 2 Carretera Remolino - Cuenbí - San Miguel | 1.000.000 | |||
| 3 Carretera Puerto Limón Yocopeña | 500.000 | |||
| 4 Carretera Puerto Asís - Bocana del Cuenbí. | 500.000 | |||
| 5 Continuación carretera kilómetro 19 - Leguízamo - Vereda San Antonio de los Micos-Puerto Boy | 1.000.000 | |||
| 6 Carretera El Placer - Esmeralda Guisía | 200.000 | |||
| 7 Carretera San Miguel - Mesas del Sabalito | 300.000 | |||
| 8 Varios en el territorio | 1.000.000 | |||
| Subprograma 102. Conservación carreteras y calles | Subprograma 102. Conservación carreteras y calles | 2.700.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Conservación carretera Mocoa - Puerto Guzmán - Kofania y San Fidel | 750.000 | |||
| 2 Conservación calles Inspolicía El Pepino | 200.000 | |||
| 3 Conservación carretera circunvalación Valle Sibundoy | 1.000.000 | |||
| 4 Conservación carretera circunvalación Oríto, El Placer, La Hormiga | 750.000 | |||
| Subprograma 103. Pavimentación | Subprograma 103. Pavimentación | 1.500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Pavimentación calles Mocoa, avenida 17 de Julio | 1.000.000 | |||
| 2 Pavimentación calles 10 entre carreras 1ª, 2ª y 3ª Leguízamo | 500.000 | |||
| Subprograma 104 Construcción puentes | Subprograma 104 Construcción puentes | 1.000.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Construcción puente colgante río Mocoa, talleres y otros en el territorio | 500.000 | |||
| 2 Construcción puente colgante río Mocoa - Los Monos | 300.000 | |||
| 3 Construcción puente Tibaida - Río Pepino. | 200.000 | |||
| Subprograma 105. Conservación puentes | Subprograma 105. Conservación puentes | 400.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Conservación puente colgante sobre el río Mocoa - Peñas Blancas | 400.000 | |||
| Subprograma 106. Construcción, ampliación aeropuertos | Subprograma 106. Construcción, ampliación aeropuertos | 500.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Aeropuerto Villagarzón | 500.000 | |||
| Subprograma 108. Construcción y terminación edificios públicos | Subprograma 108. Construcción y terminación edificios públicos | 2.000.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Casa de la Cultura, Mocoa | 500.000 | |||
| 2 Construcción escuela Puerto Guzmán | 300.000 | |||
| 3 Construcción colegio académico Villagarzón | 200.000 | |||
| 4 Casa de la Cultura, Villagarzón | 200.000 | |||
| 5 Construcción Casa Cultura Puerto Leguízamo | 300.000 | |||
| 6 Construcción ampliación o remodelación de escuelas varias en el Putumayo | 500.000 | |||
| Subprograma 109. Remodelación y reparación edificios públicos | Subprograma 109. Remodelación y reparación edificios públicos | 1.300.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Remodelación Palacio Intendencial | 300.000 | |||
| 2 Remodelación palacios municipales, corregimentales e inspeccionales de Policía en el territorio | 1.000.000 | |||
| Subprograma 110. Construcción plaza de mercado | Subprograma 110. Construcción plaza de mercado | 1.300.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Construcción plaza de mercado de Orito | 300.000 | |||
| 2 Constr. plaza de mercado de La Hormiga | 200.000 | |||
| 3 Terminación plaza de mercado de Villagarzón | 800.000 | |||
| Subprograma 111. Remodelación y reparación plaza de mercado | Subprograma 111. Remodelación y reparación plaza de mercado | 1.000.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Remodelación plaza de mercado Mocoa y otros | 700.000 | |||
| 2 Remodelación plaza de mercado Leguízamo | 300.000 | |||
| Subprograma 112. Construcción plaza de ferias | Subprograma 112. Construcción plaza de ferias | 600.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Construcción plaza de ferias de La Hormiga y Villagarzón | 600.000 | |||
| Subprograma 115. Remodelación y reparación mataderos | Subprograma 115. Remodelación y reparación mataderos | 500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Matadero Mocoa | 150.000 | |||
| 2 Matadero Puerto Asís | 150.000 | |||
| 3 Matadero Leguízamo | 200.000 | |||
| Subprograma 120. Construcción estadios | Subprograma 120. Construcción estadios | 500.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Terminación Villa Olímpica Mocoa | 500.000 | |||
| Subprograma 125. Adquisición planta eléctrica y equipos | Subprograma 125. Adquisición planta eléctrica y equipos | 1.300.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Adquisición repuestos plantas Mocoa | 800.000 | |||
| 2 Adquisición lámparas mercurio y postes cemento Leugízamo | 500.000 | |||
| Subprograma 126. Colocación redes eléctricas | Subprograma 126. Colocación redes eléctricas | 3.500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Puerto Asís, Puerto Guzmán | 800.000 | |||
| 2 Redes Leguízamo | 200.000 | |||
| 3 Liquidación contrato 066/76 y adicionales | 2.500.000, | |||
| Subprograma127. Reparación y mantenimiento equipos eléctricos | Subprograma127. Reparación y mantenimiento equipos eléctricos | 9.000.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Reparación plantas y equipos eléctricos en el territorio | 5.000.000 | |||
| 2 Electrificación valle Sibundoy | 3.000.000 | |||
| 3 Electrificación Villagarzón | 1.000.000 | |||
| Subprograma 131. Construcción y ampliación acueductos y alcantarillados | Subprograma 131. Construcción y ampliación acueductos y alcantarillados | 2.000.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Acueducto Mocoa | 1.200.000 | |||
| 2 Construcción acueducto El Placer por INS. | 261.805 | |||
| 3 Construcción alcantarillado La Tagua | 300.000 | |||
| 4 Construcción acueducto Puerto Umbría | 238.195 | |||
| Subprograma 138. Compra equipo de radio | Subprograma 138. Compra equipo de radio | 200.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Para Inspolicías | 200.000 | |||
| Subprograma 146. Construcción y conservación caminos veredales | Subprograma 146. Construcción y conservación caminos veredales | 100.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Conservación camino vereda "La M." | 50.000 | |||
| 2 Conservación camino vereda Tebaida | 50.000 | |||
| Subprograma 147. Reparación y mantenimiento maquinaria Obras Públicas | Subprograma 147. Reparación y mantenimiento maquinaria Obras Públicas | 5.000.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Maquinaria intendencial | 5.000.000 | |||
| Inversión indirecta. | Inversión indirecta. | |||
| Subprograma 150. Aportes y auxilios Fondo Des de la Comunidad Mocoa, para obras por Acomunal en el territorio | Subprograma 150. Aportes y auxilios Fondo Des de la Comunidad Mocoa, para obras por Acomunal en el territorio | 6.300.187 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Junta Acomunal Central Leguízamo, construcción Villa Olímpica | 200.000 | |||
| 2 Junta Acomunal Magdalena, Leguízamo, construcción escuela Rancho Lindo | 200.000 | |||
| 3 Junta Acomunal La Tagua, construcción muelle sobre río Caquetá | 200.000 | |||
| 4 Junta Acomunal Isla Nueva, obras varias y construcción campo deportivo | 80.000 | |||
| 5 Junta Acomunal Central Leguízamo. Adquisición motobomba y construcción pila pública Inspección Policía Las Delicias | 71.929 | |||
| 6 Junta Acomunal Central Leguízamo, vereda Lagarto, Cocha. Obras varias y limpieza río Caucayá-Laguna | 100.000 | |||
| 7 Junta Acomunal Central Leguízamo. Construcción escuela vereda La Unión | 70.000 | |||
| 8 Junta Acomunal Central Leguízamo. Construcción lnspolicía La Apaya | 70.000 | |||
| 9 Junta Acomunal Puerto Ospina. Obras varias | 100.000 | |||
| 10 Junta de Acción Comunal Central Leguízamo. Obras varias vereda Victoria río Caquetá | 100.000 | |||
| 11 Junta Acción Comunal El Jauno. Obras varias | 100.000 | |||
| 12 Junta Acción Comunal Puerto Guzmán. Obras varias vereda El Bombón | 200.000 | |||
| 13 Junta Acción Comunal El Cedro, construcción camino Mangalpa-Villa Fátima | 50.000 | |||
| 14 Junta Acción Comunal José María Construcción camino José María Yurilla | 50.000 | |||
| 15 Junta Acción Comunal El Bombonal. Construcción camino Bombonal, Barandas | 50.000 | |||
| 16 Junta Acción Comunal Gallinazos. Construcción camino Gallinazos - Yurilla | 50.000 | |||
| 17 Junta Acción Comunal Quinapejo. Constructrucción camino Quinapejo - Yurilla | 50.000 | |||
| 18 Junta Acción Comunal Quinoró. Construcción camino Quinoró - Yurilla | 50.000 | |||
| 19 Junta Acción Comunal Loma Encantada. Construcción camino Loma Encantada - Moyoyoque | 50.000 | |||
| 20 Junta Acción Comunal Alejandría. Construcción camino Moyoyoque - Alejandría | 50.000 | |||
| 21 Junta Acción Comunal Leguízamo. Construcción camino Delicias Cencella | 50.000 | |||
| 22 Junta Acción Comunal La Patria, terminación escuela La Patria | 80.000 | |||
| 23 Junta Acción Comunal Valdibia: Terminación escuela Angostura | 50.000 | |||
| 24 Junta Acción Comunal Bocana del Fragua. Terminación escuela Bocana del Fragua | 50.000 | |||
| 25 Junta Acción Comunal Bombonal Terminación escuela Bombonal, escuela José María | 50.000 | |||
| 26 Junta Acción Comunal Gallinazos. Terminación escuela | 50.000 | |||
| 27 Junta Acción Comunal San Rafael, terminación escuela | 50.000 | |||
| 28 Junta Acción Comunal Calcuche. Terminación escuela | 50.000 | |||
| 29 Junta Acción Comunal Agua Negra. Terminación escuela | 50.000 | |||
| 30 Junta Acción Comunal Puerto Guzmán. Terminación capilla Evangélica | 50.000 | |||
| 31 Junta Acomunal Rumiyaco. Terminación puesto de salud | 99.960 | |||
| 32 Junta Acomunal Central Leguízamo: Adquisición vehículo Alcaldía Municipal | 400.000 | |||
| 33 Junta Acomunal Central Leguízamo. Compra motor fuera de borda para Inspolicía municipal | 80.000 | |||
| 34 Junta Acomunal Central Leguizamo. Asociación Damas Voluntarias. Obras varias | 50.000 | |||
| 35 Junta Acomunal Alejandría. Compra motor fuera de borda | 100.000 | |||
| 36 Junta Acomunal Alejandría, compra bomba para agua | 50.000 | |||
| 37 Junta Acomunal Caliyaco. Conservación camino | 80.000 | |||
| 38 Junta Acomunal Central Mocoa. Asociación Damas de la Caridad. Continuación construcción sede capacitación social | 300.000 | |||
| 39 Junta Acomunal Central Mocoa Voluntariado Damas Rosadas Mocoa. Adquisición lote de terreno | 50.000 | |||
| 40 Junta Acomunal San Antonio, Mocoa. Terminación casa cultural | 150.000 | |||
| 41 Junta Acomunal san Antonio, Mocoa, Construcción muro confección Escuela San Antonio | 100.000 | |||
| 42 Junta Acomunal Rumiyaco. Terminación puente sobre el río Lagarto | 100.000 | |||
| 43 Junta Acomunal Central Mocoa. Damas Voluntarias. Obras varias | 100.000 | |||
| 44 Junta Acomunal Las Planadas. Ampliación escuela Las Planadas | 150.000 | |||
| 45 Junta Acomunal barrio La Independencia, Mocoa. Terminación capilla | 100.000 | |||
| 46 Junta Acomunal La Florida. Obras varias | 50.000 | |||
| 47 Junta Acomunal Central Mocoa. Adquisición herramientas, taller carpintería cárcel judicial Mocoa | 50.000 | |||
| 48 Junta Acomunal Rumiyaco. Terminación escuela | 100.000 | |||
| 49 Junta Acomunal Villanueva, Obras varias | 50.000 | |||
| 50 Junta Acomunal Santa Lucía. Continuación construcción colegio | 200.000 | |||
| 51 Junta Acomunal Sibundoy. Para biblioteca publica Sibundoy | 121.929 | |||
| 52 Junta Acomunal 'Bajo Titango. Arreglos escuela | 50.000 | |||
| 53 Junta Acomunal Santiago. Obras varias | 150.000 | |||
| 54 Junta Acomunal El Carmen, para afirmado carretera Kofanía - El Carmen | 150.000 | |||
| 55 Junta Acomunal El Trébol. Construcción camino El Naranjito - El Trébol | 50.000 | |||
| 56 Junta Acomunal Juanambú. Construcción carretera La Palanca - Juanambú | 50.000 | |||
| 57 Junta Acomunal Santa Teresa. Construcción Escuela Santa Teresa del Vides | 100.000 | |||
| 58 Junta Acomunal La Castellana. Construcción dos aulas escolares | 200.000 | |||
| 59 Junta Acomunal Colononia Nueva. Obras varias | 50.000 | |||
| 60 Junta Acomunal San Fidel. Obras varias | 50.000 | |||
| 61 Junta Acomunal Guasimales. Construcción puente sobre el río Guasimales | 70.000 | |||
| 62 Junta Acomunal. El Guineo. Obras varias | 50.000 | |||
| 63 Junta Acomunal El Guineo. Arreglo carretera Bajo Sardinas - El Guineo | 42.000 | |||
| 64 Junta Acomunal La Pedregosa. Construcción escuela | 100.000 | |||
| 65 Junta Acomunal San Vicente, Villa Rica. Construcción alcantarillado | 100.000 | |||
| 66 Junta Acomunal Central Mocoa, parque La Loma | 184.360 |
PROGRAMA II
Agropecuario.
| Unidad ejecutora: Secretaría de Planeación y Desarrollo | Unidad ejecutora: Secretaría de Planeación y Desarrollo | 1.700.201 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión directa. | Inversión directa. | 1.700.201 | ||
| Subprograma 124. Remodelación y reparación granjas agrícolas | Subprograma 124. Remodelación y reparación granjas agrícolas | 300.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Sostenimientos granjas | 300.000 | |||
| Subprograma 125. Fomento agropecuario | Subprograma 125. Fomento agropecuario | 200.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Fomento siembra cacao | 200.000 | |||
| Subprograma 126. Sanidad animal | Subprograma 126. Sanidad animal | 50.000 | ||
| Subprograma 127. Fomento agropecuario de la caña | Subprograma 127. Fomento agropecuario de la caña | 50.000 | ||
| Subprograma 128. Adquisición y siembra de mantenimiento de pastos de cultivo | Subprograma 128. Adquisición y siembra de mantenimiento de pastos de cultivo | 50.000 | ||
| Subprograma 129. Mejoramiento razas animales existentes | Subprograma 129. Mejoramiento razas animales existentes | 500.000 | ||
| Subprograma 130. Creación granja agropecuaria La Hormiga | Subprograma 130. Creación granja agropecuaria La Hormiga | 500.000 | ||
| Subprograma 131. Programa ganadero | Subprograma 131. Programa ganadero | 500.000 | ||
| Subprograma 132. Reforestación Medio Putumayo | Subprograma 132. Reforestación Medio Putumayo | 201 |
PROGRAMA III
Educativo.
| Unidad ejecutora: Secretaría de Educación | 1.400.000 | ||
|---|---|---|---|
| Inversión directa. | 1.400.000 | ||
| Subprograma 133. Dotación escuelas Putumayo | 1.000.000 | ||
| Subprograma 134. Extensión Cultural | 200.000 | ||
| Subprograma 135. Programa educativo | 200.000 |
RESUMEN
| Funcionamiento | Inversión | Total | |
|---|---|---|---|
| Consejo Intendencial | 515.890 | 515.890 | |
| Despacho Intendencial | 3.303.480 | 3.303.480 | |
| Secretaría de Gobierno | 15.589.660 | 15.589.660 | |
| Secretaría de Hacienda | 60.205.287 | 60.205.287 | |
| Secretaria de Obras Públicas | 28.810.795 | 47.200.187 | 76.010.982 |
| Secretaría de Planeación y Desarrollo | 3.727.540 | 1.700.201 | 5.427.741 |
| Secretaría de Educación | 1.698.520 | 1.400.000 | 3.098.520 |
| Total | 113.851.172 | 50.300.388 | 164.151.560 |
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Intendencia del Putumayo será el Intendente.
Artículo cuarto. Ningún giro será válido ni podrá ser pagado, sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado, en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la Intendencia podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o su exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contravención de esta norma, serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les corresponden.
Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que se haya suministrado el bien, de acuerdo al contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito. Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro, que le da origen en el primer caso o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno intendencial, con participación del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espera recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas o ingresos de los meses corridos en el ejercicio y viabilidad de los recursos que espera recibir, que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente, preparará otro programa de las obligaciones propuesta por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa discriminadas por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La Administración intendencial no podrá celebrar contratos ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Articulo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse, en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que corresponden al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado, incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva y fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios sin antes haberse cumplido los trámites legales y la presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizado por el Intendente mediante resolución motivada.
Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial dentro del territorio nacional, fuera de la Intendencia, se le autorizará el pago de viáticos, según la siguiente escala:
-
- El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.800 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 20.001 y 35.000, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.500 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 10.001 y $ 20.000, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.300 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 5.001 y $ 10.000, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.200 diario.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales sean de $ 5.000 o menos, devengarán viáticos a razón de $ 1.000 diarios.
Parágrafo. Cuando la comisión fuere ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Intendencia, se reconocerán viáticos diarios así:
-
- El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.000 diarios.
-
- Los empleados cuyas asigiaciones mensuales oscilen entre $ 20.001 y $ 35.000, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 800 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 10.001 y $ 20.000, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 600 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 5.001 y $ 10.000 o menos, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 500 diarios.
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio, se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días; sin embargo, no estarán sujetas a los términos de este artículo, las comisiones que por naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del jefe del respectivo organismo.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente.
Artículo decimonoveno. Los consejeros intendenciales ganarán viáticos, iguales a los del Intendente, cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial; en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente, mediante resolución previa.
Articulo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión, solo podrá efectuarse cuando existe resolución previa de la Intendencia en la que se ordena la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fije el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo a la escala de viáticos. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumple dentro del mismo día de salida; en tal caso solo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia, no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de destinárseles a nuevo frente de trabajo en forma permanente.
Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se pagará por nómina, conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla solo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas.
Artículo vigesimotercero. El pago de las vacaciones en dinero solo podrá hacerse en caso de retiro del empleo o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorna la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro "gastos especiales" que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal cualquiera que sea su destinación.
Artículo vigesimosexto. El Intendente, a través de la Secretaría de Hacienda, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, acerca del estado financiero mediante cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior.
Artículo vigesimoséptimo. Las. adquisiciones tanto de consumo como de devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia, se efectuaran conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República. y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.
Articulo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupeusto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstitos públicos se tramitarán conforme a la ley vigente.
Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibido dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo trigésimo. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial, de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia, salvo lo que se pacta en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del artículo noveno, del Decreto 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Articulo tirgesimosegundo. Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para sus giros:
Primera prioridad.
- Servicios personales.
- Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
- Aporte a COINCO, para programa gestión delegada (Agentes Fiscales).
- Auxilio radio-operador DAINCO
- Servicio de la deuda.
Segunda prioridad.
- Gastos generales,
Tercera prioridad.
- Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse giros, al hacerse pagos, ni refrendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hicieren en contravención a lo dispeusto en el presente articulo.
Artículo trigesimotercero. Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte de la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda.
Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Mocoa, a tres (3) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta (1980).
(Fdo.), Arcesio Cortés Calderón, Presidente Consejo. Intendencial.
(Fdo.), Teodosio Guzmán Rodríguez, Secretario Consejo Intendencial.
SANCIONADO:
Mocoa, noviembre 7 de 1980.
(Fdo.), Baltasar García Orozco, Intendente Nacional del Putumayo.
(Fdo.), Carlos Gómez Narváez, Secretario Ejecutivo.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D: E., a 4 de febrero de 1981.
VICTOR MOSQUERA CHAUX
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Gustavo Svenson Cervera.
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