Por el cual se aclara el artículo 2º del Decreto 2339 de 1986
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Aclarase el artículo 2º del Decreto 2339 efe 23 de julio de 1986 en el sentido de que la doctora Gloria Gaitán, tiene derecho a siete (7) días de viáticos a razón de US$ 210 diarios. Tanto, los pasajes aéreos como los viáticos son con cargo a la Reserva de Caja constituida a diciembre 31 de 1985, artículos 24417 y 24427 y al presupuesto de la actual vigencia del Centro Jorge Eliécer Gaitán.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1986.
BELISARIO BETANCUR
La Ministra de Educación Nacional,
Liliam Suárez Meló.
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