Por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Contrataría General de la República ha certificado la existencia de nuevos arbitrios fiscales por la cantidad de $ 106.375.44, proveniente de la cancelación de reservas que han venido figurando como pasivos exigibles en el balance financiero de la Nación, según consta en el oficio número 16648 del 9 de octubre último, y
Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de créditos al Presupuesto vigente, con respaldo en el valor del nuevo arbitrio fiscal en referencia, según consta en los oficios número 3299, procedente de la Secretaria del Consejo de Ministros, y el de fecha 26 de octubre en curso, procedente de la Secretaría del Consejo de Estado,
DECRETA:
Artículo 1° Con base en la suma de ciento seis mil trescientos setenta y cinco pesos con cuarenta y cuatro centavos ($ 106.375.44) moneda corriente, valor de la cancelación de pasivos exigibles en el balance financiero de la Nación, cancelación hecha según oficio número 16648 de la Contraloría General de la República, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto vigente:
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de octubre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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