por el cual se aprueba el Acuerdo número 26 del 29 de noviembre de 1993 expedido por la Junta Liquidadora de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Palmaseca en Liquidación

Rango Decreto
Publicación 1993-12-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1° Aprobar el Acuerdo número 26 del 29 de noviembre de 1993, por medio del cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Palmaseca en Liquidación, dentro del proceso de liquidación de la misma, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 26 DE 1993

(noviembre 29)

“por medio del cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal vigente aprobada en el Acuerdo número 13 de 1978”.

La Junta Directiva del Establecimiento Público Operador de la Zona Franca, Industrial y Comercial de “Palmaseca” en Liquidación, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y en especial las conferidas por el Decreto 2111 de 1992,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2111 de diciembre 29 de 1992 se suprimió y entró en proceso de liquidación el Establecimiento Público Operador de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Palmaseca;

Que el artículo 5° del Decreto 2111 de 1992, autorizó reducir la Planta de Personal progresivamente y según las necesidades, durante el proceso de liquidación de la Entidad;

Que el artículo 10 del Decreto 2111 de 1992, autorizó a la Junta Directiva de la Entidad para suprimir los empleos o cargos vacantes y los desempeñados por empleados públicos y trabajadores oficiales, cuando ellos no fueren necesarios en la Planta de Personal, como consecuencia del proceso de liquidación;

Que el artículo 11 del Decreto 2111 de 1992, ordenó que la supresión de empleos o cargos, se cumpla de acuerdo con el programa que apruebe la Junta Directiva;

Que mediante la Resolución número 1002 del 18 de marzo de 1993, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, incorporó una transferencia al presupuesto de ingresos y gastos de esta Zona Franca, por valor de ciento cuarenta y siete millones doscientos mil pesos ($ 147.200.000.00) con destino a la cancelación de indemnizaciones del personal,

ACUERDA:

Artículo 1° Suprimir los cargos vacantes existentes y los determinados de acuerdo con el programa de liquidación, basado en el Decreto 2111 del 29 de diciembre de 1992, según la siguiente discriminación:

EMPLEADOS PUBLICOS EMPLEADOS PUBLICOS EMPLEADOS PUBLICOS EMPLEADOS PUBLICOS
Dependencia y denominación del empleo Número cargos Código Grado
Oficina Auditoria Interna Oficina Auditoria Interna Oficina Auditoria Interna Oficina Auditoria Interna
Auxiliar Administrativo 1 5120 11
División de Servicios Operativos División de Servicios Operativos División de Servicios Operativos División de Servicios Operativos
Supervisor 1 5105 12
Celador 1 6020 3
División Servicios Administrativos División Servicios Administrativos División Servicios Administrativos División Servicios Administrativos
Enfermero Auxiliar 1 6045 7
Total cargos suprimidos Empleados Públicos 4
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
División de Servicios Operativos Número cargos
Auxiliar Administrativo 3
Auxiliar de Servicios Generales 5
Operarios 3
Dependencia y denominación del empleo Número cargos
División de Desarrollo Físico División de Desarrollo Físico
Operarios 3
División de Servicios Administrativos División de Servicios Administrativos
Chofer Mecánico 1
Total cargos suprimidos Trabajadores Oficiales 15

Artículo 2° El presente Acuerdo, es aprobado por parte de la honorable Junta Directiva Liquidadora, en su sesión del día veintinueve (29) de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993), para su validez requiere de la aprobación por parte del Gobierno Nacional y regirá a partir de la fecha de publicación del respectivo decreto de aprobación.

El Presidente,

(Fdo.) Mauricio Sanz de Santamaría.

La Secretaria,

(Fdo.) Luz Angela González Arana”.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Comercio Exterior,

Juan Manuel Santos Calderón.

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