por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo, numero 01 del 10 de octubre de 1980, originario del Consejo Comisarial del Vichada, relativo a la determinación del presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1981
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el artículo 9° del Decreto 1926 de 1975, parágrafo único,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase, con modificaciones, el Acuerdo número 01 del 10 de octubre de 1980, originario del Consejo Comisarial del Vichada, relativo a la determinación del presupuesto de rentas y gastos para la, vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
«ACUERDO NUMER0 01 DE 1980
(octubre 10)
por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Vichada, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el 31 de diciembre de 1981.
El Consejo Comisarial del Vichada, en uso de sus facultades legales,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro Comisarial para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1981, en la suma de sesenta y cinco millones novecientos cincuenta y nueve mil trescientos cuarenta y siete pesos ($ 65.959.347.00), así:
PRIMERA PARTE
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO I
| Ingresos corrientes | Ingresos corrientes | 65.958.747 | ||
|---|---|---|---|---|
| Ingresos tributarios | Ingresos tributarios | 10.330.000 | ||
| A. | Impuestos directos | 10.330.000 | ||
| 05 Tabacos y cigarrillos nacionales | 2.000.000 | |||
| 06 Cervezas | 6.300.000 | |||
| 09 Cigarrillos extranjeros | 1.000.000 | |||
| 10 Licores y vinos extranjeros | 80.000 | |||
| 11 Licores y vinos nacionales | 600.000 | |||
| 12 Otros consumos | 350.000 | |||
| Ingresos no tributarios | Ingresos no tributarios | 55.628.747 | ||
| A. | Tasas y venta de servicios | 1.106.000 | ||
| 18 Energía eléctrica | 750.000 | |||
| 20 Acueducto | 330.000 | |||
| 21 Transporte | 25.000 | |||
| 22 Alquiler de maquinaria | 1.000 | |||
| B. | Rentas ocasionales | 71.000 | ||
| 25 Multas | 40.000 | |||
| 26 Reintegros | 30.000 | |||
| 27 Aprovechamientos | 1.000 | |||
| C. | Rentas contractuales | 400.000 | ||
| 32 Arrendamientos | 400.000 | |||
| D. | Aportes auxilios y participaciones | 54.051.747 | ||
| 39 Participación nacional consumo gasolina | 4.780.000 | |||
| 40 Auxilio DAINCO | 24.388.000 | |||
| 41 Transferencias FER | 2.027.775 | |||
| 42 Artículo 5°, Decreto 1926 | 22.855.972 |
CAPITULO II
| Recursos de Capital | Recursos de Capital | Recursos de Capital | 600 | |
|---|---|---|---|---|
| Recursos del balance del Tesoro | Recursos del balance del Tesoro | 600 | ||
| A. | Saldos vigencias expiradas | 300 | ||
| 51 Fondos comunes | 100 | |||
| 52 Auxilios aportes especiales | 100 | |||
| 53 Superávit | 100 | |||
| C. | Venta de activos | 300 | ||
| 60 Bienes raíces | 100 | |||
| 61 Semovientes | 100 | |||
| 62 Maquinaria | 100 | |||
| Total presupuesto de rentas e ingresos | Total presupuesto de rentas e ingresos | 65.959.347 |
SEGUNDA PARTE
Presupuesto de Gastos.
Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la Comisaría Especial del Vichada, durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1981, una suma igual a la del cálculo de rentas e ingresos del Tesoro Comisarial determinado en el artículo anterior, por la suma de sesenta y cinco millones novecientos cincuenta y nueve mil trescientos cuarenta y siete pesos ($ 65.959.347.00) moneda corriente, distribuidos así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento.
Resumen Gastos de Funcionamiento.
| A. Servicios personales | 38.412.410 |
|---|---|
| B. Gastos generales | 11.359.200 |
| C. Transferencias | 11.791.637 |
| D. Servicio de la deuda | 2.900.000 |
| Total | 64.463.247 |
| Consejo Comisarial. | Consejo Comisarial. |
| --- | --- |
| A. | Servicios personales |
| 1 Dietas | |
| 2 Sueldos personal nómina (2½ meses) | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| B. | Gastos generales |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| Total Consejo Comisarial | Total Consejo Comisarial |
| Despacho Comisarial | Despacho Comisarial |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicios de comunicación | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 24 Gastos especiales | |
| Total Despacho Comisarial | Total Despacho Comisarial |
| Secretaría Administrativa. | Secretaría Administrativa. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 8 Vacaciones remuneradas | |
| 9 Reconocimiento por entrega de oficinas | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima de servicios | |
| B) | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Combustible planta eléctrica | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| C. | Transferencias |
| 30 Giros a municipios y corregimientos participación rentas, 30% | |
| 31 Aporte Caja de Previsión Social | |
| 32 Aporte subsidio familiar | |
| 33 Raciones traslado de presos | |
| 35 Gastos protección indígena | |
| 36 Pago servicios de policía | |
| 38 Aguinaldo del Niño Pobre | |
| 39 Auxilio calamidad pública | |
| 41 Pagos al SENA | |
| 42 Celebración Día del Campesino | |
| 44 Aporte a COINCO programa Gestión Delegada (Agentes Fiscales) | |
| 52 Bienestar Familiar, 2%, nómina de empleados | |
| 53 Auxilio radio-operador DAINCO | |
| 54 Cesantías | |
| 58 ESAP | |
| 59 Prima Distrito Policía Nacional | |
| 60 Comisariato de obreros y empleados | |
| 61 Auxilio guardería infantil | |
| 62 Auxilio funerario | |
| 63 Reserva salarial | |
| D. | Servicio de la deuda |
| 66 Deudas COINCO (amortización e intereses) | |
| 67 Saldo deuda vigencias expiradas | |
| 68 Intereses amortización empréstito FONADE | |
| Sección Alcaldía, Corregiduría e Inspecciones de Policía | Sección Alcaldía, Corregiduría e Inspecciones de Policía |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima de servicios | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Combustible y lubricantes | |
| Total Secretaría Administrativa | Total Secretaría Administrativa |
| Secretaría de Obras Públicas. | Secretaría de Obras Públicas. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 4 Jornales | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicio de comunicaciones | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1. Combustibles y lubricantes avioneta y vehículos | |
| 20-2. Dotación obreros | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| Total Secretaría de Obras Públicas | Total Secretaría de Obras Públicas |
| Secretaría de Educación. | Secretaría de Educación. |
| A. | Servicios personales |
| Sueldo personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| Total Secretaría de Educación | Total Secretaría de Educación |
CAPITULO IV
Gastos de Inversión.
PROGRAMA 1
Obras Públicas.
| Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas … | 1.496.100 | ||
|---|---|---|---|
| Inversión indirecta. | 1.496.100 | ||
| Subprograma 150. Aportes auxilios para Fondo Obras Públicas Municipales | 1.346.100 | ||
| Subprograma 153. Compra de certificados de aportación a COINCO | 150.000 | ||
| Total presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión | 66.959.347 |
RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS
| Funcionamiento | Inversión | Total | |
|---|---|---|---|
| Consejo Comisarial | 360.617 | 360.617 | |
| Despacho Comisarial | 3.183.400 | 3.183.400 | |
| Secretaría Administrativa | 29.874.837 | 29.874.837 | |
| Secretaria de Obras Públicas | 28.704.793 | 1.496.100 | 30.200.893 |
| Secretaría de Educación | 2.339.600 | 2.339.600 | |
| Totales | 64.463.247 | 1.496.100 | 65.959.347 |
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Comisaria del Vichada será el Comisario.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos, deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Articulo sexto. Ningún funcionario o agente de la Comisaria podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contradicción de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo La dependencia comisarial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la administración comisarial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario pueda utilizarla sin que se haya suministrado el bien, de acuerdo al contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.
Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro que da origen en el primer caso; o si no se ha cumplido totalmente la obligación, en el segundo caso.
Articulo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Comisarial, con participación del Secretario Administrativo, preparará durante los últimos cinco días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir, Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminadas por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La Administración Comisarial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Articulo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden. La duodécima de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que haya sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero, Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.
Articulo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Comisario y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
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