Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo ele Ministros, en su sesión del día 6 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Gobierno,
DECRETA:
Artículo 1.° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2.° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publiqse.
Dado en Bogotá a 12 de noviembre de 1942.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
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