Por el cual se derogan los Decretos números 2418 y 2521 de 1973
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1º. Derogar el Decreto 2418 de noviembre 23 de 1973, por el cual se regula la venta de Combustibles Marinos.
Artículo 2º. Derogar el Decreto 2521 de diciembre 11 de 1973, por el cual se adicionó el Decreto 2418 de 1973.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 8 de noviembre de 1989.
VIRGILIO BARCO
La Ministra de Minas y Energía,
Margarita Mena de Quevedo.
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