por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2004-08-12
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará los días 15 y 16 de agosto del presente año a la ciudad de Panamá, Panamá, y Santo Domingo, República Dominicana, con el fin de asistir a la inauguración del “Puente Centenario” y ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial del doctor Leonel Fernández, respectivamente;

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente. de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las funciones correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de agosto de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

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