Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Decreto número 429 del 18 de diciembre de 1980, expedido por el Comisario Especial del Guaviare, relativo a la determinación del presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría del Guaviare, para el período fiscal de 1981

Rango Decreto
Publicación 1981-03-03
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIAS Y COMISARIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 6° de a Constitución y el artículo 9° del Decreto 1926, parágrafo único,

DECRETA:

Artículo primero. Apruébese, con modificaciones, el Decreto número 000186 del 11 de diciembre de 1980, expedido por la Comisaría Especial del Guaviare, relativo a la determinación del presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Guaviare, para el período fiscal comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).

«DECRETO NUMERO 000186 DE1980

(diciembre 11)

por el cual se determina el presupeusto de rentas y gastos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1981.

El Comisario Especial del Guaviare, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro Comisarial para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno de diciembre de 1981, en la cantidad de cincuenta y dos millones seiscientos cincuenta y dos mil veintiséis pesos ($ 52.652.026.00) moneda corriente, según los siguientes pormenores:

PRIMERA PARTE

Presupuesto de Rentas e Ingresos

CAPITULO I

Ingresos corrientes Ingresos corrientes Ingresos corrientes 52.651.726
Ingresos tributarios Ingresos tributarios 21.353.502
A. Impuestos directos 73.501
01 Registro y anotación 1
02 Circulación y Tránsito 60.000
03 Industria y comercio 13.500
B. Impuestos indirectos 21.280.001
05 Tabaco 6.800.000
06 Cervezas 11.000.000
07 Degüello 50.000
09 Cigarrillos extranjeros 320.000
10 Licores y vinos extranjeros 100.000
11 Licores y vinos nacionales 3.000.000
12 Otros consumos 10.000
13 Billetes, rifas y apuestas 1
Ingresos no tributarios Ingresos no tributarios 31.298.224
A. Tasas y venta de servicios 1.505.000
18 Energía eléctrica 1.200.000
20 Acueducto 300.000
22 Alquiler maquinaria 5.000
B. Rentas ocasionales 13.100
25 Multas y reintegros 7.000
27 Aprovechamientos 100
28 Venta de formularios y placas 6.000
D. Aportes y participaciones 29.780.124
39 Participación nacional consumo gasolina 100
40 Auxilio DAINCO para funcionamiento 15.409.000
41 Transferencias FER 800.000
42 Decreto 1926, artículo 5° 13.571.024

CAPITULO II

Recursos de capital Recursos de capital Recursos de capital 300
Recursos del balance del Tesoro Recursos del balance del Tesoro 300
A. Saldos vigencias expiradas 300
51 Fondos comunes 100
52 Auxilios, aportes especiales 100
53 Superávit 100
Total presupuesto de rentas e ingresos Total presupuesto de rentas e ingresos 52.652.026

SEGUNDA PARTE

Presupuesto de Gastos.

Artículo segundo. Aprópiase, para, atender. los gastos de la Comisaría Especial del Guaviare, durante la vigencia fiscal del primero (1°) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de 1981, una suma igual a la del cálculo de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Comisaría, determinado en el artículo anterior, por valor de cincuenta y dos millones seiscientos cincuenta y dos mil veintiséis pesos ($ 52.652.026.00) moneda corriente, así:

CAPITULO III

Gastos de Funcionamiento

RESUMEN

A. Servicios personales 25.745.856
B. Gastos generales 13.767.000
C. Transferencias 9.349.370
D. Servicio de la deuda 900.000
Total 49.762.226
Consejo Comisarial. Consejo Comisarial.
--- ---
A. Servicios personales
1 Dietas
2 Sueldos personal nómina (2½) meses
3.Gastos de representación
6 Prima de Navidad
B. Gastos generales
10 Compra de equipo
17 Viáticos y gastos de viaje
20 Materiales y suministros
Total Consejo Comisarial Total Consejo Comisarial
Despacho Comisarial Despacho Comisarial
A. Servicios personales
2 Sueldos personal de nómina
3 Gastos de representación
6 Prima de Navidad
7 Prima técnica
10 Prima de vacaciones
11 Prima semestral
B. Gastos generales
15 Mantenimiento y aseguros
16 Compra de equipo
17 Viáticos y gastos de viaje
18 Servicio de comunicación
20 Materiales y suministros
21 Impresos y publicaciones
23 Gastos varios e imprevistos
24 Gastos especiales
Total Despacho Comisarial Total Despacho Comisarial
Secretaria Administrativa. Secretaria Administrativa.
A. Servicios personales
2 Sueldos personal de nómina
3 Gastos de representación
6 Prima de Navidad
8 Vacaciones remuneradas
9 Reconocimiento por entrega de oficina
10 Prima de vacaciones
11 Prima semestral
12 Horas extras, dominicales y festivos
B. Gastos generales
15 Mantenimiento y aseguros
16 Compra de equipo
17 Viáticos y gastos de viaje
18 Servicio de comunicaciones
20 Materiales y suministros
21 Impresos y publicaciones
22 Arrendamientos
23 Gastos varios e imprevistos
25 Gastos de orden público
26 Reconocimiento pólizas de manejo
C. Transferencias
30 Giros a municipios y corregimientos por participación rentas, 30%
31 Aporte a Caja de Previsión Social
32.Aporte para subsidio familiar
33 Raciones traslado de presos
35 Gastos protección indígena
36 Pago servicios de policía
38 Aguinaldo del Niño Pobre
39 Calamidad pública
40 Auxilio DAS
41 SENA
42 Celebración Día del Campesino
44 Aportes COINCO programa gestión delegada Agentes Fiscales
47 Celebración festividades patrias
52 ICBP, 2% nómina de empleados
53 Auxilio radio-operador DAINCO
54 Cesantías
54-1. Sueldos, prestaciones sociales Director Tránsito y Transporte
54-2. Transportes aéreos y terrestres
58 ESAP
59 Dotación obreros y demás personal de obras públicas
60 Fondo Rotatorio de Vivienda
61 Auxilio funcionamiento Municipio San José del Guaviare
D. Servicio de la deuda
66 Deuda a COINCO
67 Saldo deuda vigencias expiradas
Total Secretaría Administrativa
Secretaria de Obras Públicas Secretaria de Obras Públicas
A. Servicios personales
2 Sueldos personal nómina
3 Gastos de representación
4 Jornales
6 Prima de Navidad empleados y obreros
7 Prima técnica
10 Prima de vacaciones empleados y obreros
11 Prima semestral
B. Gastos generales
15 Mantenimiento y aseguros
16 Compra de equipo
17 Viáticos y gastos de viaje
20 Materiales y suministros, incluye combustible plantas
Total Secretaría de Obras Públicas Total Secretaría de Obras Públicas
Secretaria de Agricultura y Ganadería. Secretaria de Agricultura y Ganadería.
A. Servicios personales
2 Sueldos personal de nómina
3 Gastos de representación
6 Prima de Navidad
7 Prima técnica
10 Prima de vacaciones
11 Prima semestral
B. Gastos generales
15 Mantenimiento y aseguro
16 Compra de equipo
17 Viáticos y gastos de viaje
20 Materiales y suministros
C. Transferencias
62 Auxilio Junta de Ferias
Total Secretaría de Agricultura y Ganadería Total Secretaría de Agricultura y Ganadería
Secretaria de Educación Secretaria de Educación
A. Servicios personales
2 Sueldos personal de nómina
3 Gastos de representación
6 Prima de Navidad
10 Prima de vacaciones
11 Prima semestral
B. Gastos generales
16 Mantenimiento y aseguros
17 Viáticos y gastos de viaje
20 Materiales y suministros
Total Secretaría de Educación Total Secretaría de Educación

CAPITULO IV

Gastos de Inversión.

PROGRAMA I

Obras Públicas.

Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas … 2.889.800
Inversión indirecta. 2.889.800
Subprograma 150. Aportes y auxilios para Fondos de Obras Públicas Municipales 2.139.800
Subprograma 153. Compra certificados de aportación de COINCO 150.000
Total presupuesto de gastos de inversión 52.652.026

RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS

Funcionamiento Inversión Total
Consejo Comisarial 428.167 428.167
Despacho Comisarial 2.177.400 2.177.400
Secretaría Administrativa 22.294.590 22.294.590
Secretaria de Obras Públicas 21.283.469 2.889.800 24.173.239
Secretaría de Agricultura y Ganadería 2.634.600 2.634.600
Secretaría de Educación 944.000 944.000
Total 49.762.226 2.889.800 52.652.026

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo tercero. El único ordeñador de gastos en la Comisaría del Guaviare será el Comisario.

Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.

Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículos presupuestal, sin exceder el monto señalado.

Artículo sexto. Ningún funcionario agente de a Comisaría podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible.

Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administraitvas y/o penales que les correspondan.

Artículo séptimo. La dependencia comisarial que tenga dentro del presupeusto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.

Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Comisarial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que se haya suministrado el bien, de acuerdo al contrato, solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.

Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro queda origen en el primer caso; o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.

Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupeusto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Comisarial, con participación del Secretario Administrativo, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.

Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminadas por el objeto del gasto.

Artículo décimo. La Administración Comisarial no podrá celebrar contratos ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido, la respecitva reserva presupeustal, refrendada por la, Auditoría Fiscal.

Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias, y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis meses del ejecicio, de la mitad del presupeusto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.

Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.

Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse, en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.

Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado, incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoria Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.

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