Por el cual se modifica el Decreto número 710 de este año

Rango Decreto
Publicación 1945-10-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le otorga el artículo 17 de la Ley 35 de 1944,

DECRETA:

Artículo 1°. A partir del 1° de noviembre próximo, suprímense los siguientes cargos en las dependencias de la Policía Nacional que a continuación se expresan:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE SEGURIDAD

1 Adjunto 2° de correspondencia $ 165.00
Sección 3° Detectivismo.
1 Detective Jefe 275.00
Sección 4° Gabinete Central de Identificación.
1 Visitador 180.00
DEPARTAMENTO DE CONTROL, CAJA Y PRESUPUESTO
1 Adjunto 3° Liquidador de pasaportes 140.00
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS
Sección 3° Almacenes y Depósitos.
1 Contador 3° 200.00
DEPARTAMENTO DE SANIDAD
Juzgados Permanentes.
3 Practicantes 1os. a $ 150 cada uno 450.00
Artículo 2°. Con la misma fecha indicada en el artículo anterior, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se indican:

SECRETARIA GENERAL

Servicios
1 Sirviente de aseo 50.00
DEPARTAMENTO NACIONAL DE SEGURIDAD
1 Mecanotaquígrafo 135.00
Sección 3°Detectivismo
1 Empacador 60.00
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS
Sección 3° Almacenes y Depósitos
1 Contador 2° 220.00
1 Adjunto 3° Ayudante 140.00
Sección de Talleres
1 Celador 60.00
DEPARTAMENTO DE SANIDAD
Sección 1° Subjefatura
1 Médico Visitador 265.00
l Enfermero 1° de maternidad 100.00
Juzgados Permanentes
3 Practicantes 2os. a $ 110 cada uno 330.00

Parágrafo. Los sueldos que se fijan en el presente Decreto, no tienen derecho a prima móvil.

Artículo 3°. En los términos de los artículos anteriores queda modificado, en lo pertinente, el Decreto 710 de este año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de octubre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Gobierno,

Absalón FERNANDEZ DE SOTO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco DE PAULA PEREZ

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