por el cual se modifica el Decreto 1133 de 1999, "por el cual se reestructura el Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1999-12-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189, numerales 16 y 17 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el artículo 1º del Decreto 1133 de 1999, en el sentido de que las siguientes entidades no estarán vinculadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público:

• Fondo Nacional de Ahorro.

• Fondo Nacional de Garantías.

Artículo 2º. El Fondo Nacional de Ahorro y el Fondo Nacional de Garantías quedan vinculados al Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el artículo 1º del Decreto 1133 de 1999.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

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