Por el cual se asignan funciones a los Consejeros Presidenciales

Rango Decreto
Publicación 1982-09-17
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, como suprema autoridad administrativa y en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 7º del Decreto-ley 143 de 1976.

DECRETA:

Artículo 1º. Asígnanse a los Consejeros Presidenciales las siguientes funciones:

Parágrafo. Los Consejeros Presidenciales adelantarán además, las gestiones que verbalmente o por escrito los encomiende el Presidente de la República.

Artículo 2º. Este decreto rige a partir de la feche de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 2 de septiembre de 1982.

BELISARIO BETANCUR

El Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Alfonso Ospina Ospina.

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