Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social)

Rango Decreto
Publicación 1944-11-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 28 de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Háncense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL

CAPITULO 42

Del artículo 459. Para la construcción de un hospital sanatorio antituberculoso en uno cualquiera de los Municipios de Bucaramanga, Cali o Popayán, siempre que el respectivo Departamento aporte suma igual $ 20.000.00

CAPITULO 43

Al artículo 540. Para la terminación, dotación y sostenimiento del hospital de Valledupar $ 20.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de octubre de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

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