Por el cual se aprueba una modificación de los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares

Rango Decreto
Publicación 1975-03-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confieren los Decretos 1050 y 3130 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase la modificación de los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 003 DE 1975

(febrero 6)

Por el cual se adopta una reforma a los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares.

La Junta Directiva del Instituto de Asuntos Nucleares, en uso de las atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 26 del Decreto 1050 de 1968y el Decreto 1171 de 1969 y en desarrollo de los artículos 1º y 2º del Decreto orgánico 2345 de 1959, que faculta al Instituto para fomentar y aplicar la energía atómica y aprovecharla en fines pacíficos,

ACUERDA

Artículo 1°. El literal b) del artículo 3º de los estatutos adoptados por el Acuerdo número 2 de 1969, aprobado por Decreto 1171 de 1969, quedará así:
Artículo 2°. El literal s) del artículo 4º de los estatutos adoptados por el Acuerdo número 2 de 1969 aprobado por Decreto 1171 de 1969, quedará así:
Artículo 3°. El artículo 34 de los estatutos adoptados por el Acuerdo número 2 de 1969 aprobado por Decreto 1171 de 1969 quedará así:

El patrimonio del Instituto estará integrado:

Artículo 4°. La presente modificación de los estatutos rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional.

(Fdo.), Gonzalo Solarte Vacca, Presidente de la Junta Directiva.

(Fdo.), Alvaro Gómez Jurado forero, Secretario de la Junta.

Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 19 de febrero de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

Eduardo del Hierro Santacruz, El Ministro de Minas y Energía.

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