Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1942-11-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 6 de noviembre del año en curso, autorizó el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores,

DECRETA:

Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Capítulo 20:

Del artículo 176. Para sueldos del personal diplomático, en el año $ 7.000.00

Capítulo 21:

Al artículo 184. Para viáticos del personal consular, en el año $ 7.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de noviembre de 1942.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Gabriel TURBAY

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

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