Por el cual se Aprueba una reforma a los estatutos de la caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que con fundamento en los artículos 8º y 79 de los estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, la Junta Directiva de la institución ha procedido a modificar el artículo 6º de tales estatutos.
Que corresponde al Gobierno Nacional aprobar dicha modificación.
decreta:
Artículo primero. Apruébase la siguiente resolución adoptada por la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero en dos debates sucesivos en sesiones celebradas en semanas diferentes y en esta última aprobada con el voto acorde de siete (7) miembros de la Junta Directiva, conforme al artículo 79 de los estatutos, según consta en las netas números 1874 de septiembre 11 y 1875 de septiembre 10, ambas de 1979:
"RESOLUCION NUMERO 27
por la cual se decreta un aumento del capital autorizado.
"La Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 8º y 79 de los estatutos,
resuelve:
"Artículo primero. El artículo 6º de los estatutos de la institución según la última reforma aprobada por Decreto 1324 de julio 6 de 1978, quedará así:
"El capital autorizado de la Caja de Crédito Agrario, industrial y Minero, es la cantidad de diez mil millones de pesos ($ 10.000.000.000.00) dividido en mil millones de acciones de valor nominal de diez pesos ($ 10.00) cada una.
Artículo segundo. Esta Resolución regirá una vez sea aprobada por el Gobierno".
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de octubre de 1979.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Agricultura,
Germán Bula Hoyos.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.