por el cual se hacen unas creaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1949-09-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial por la conferida por el parágrafo 3° del artículo 1° de la Ley 66 de 1926,

DECRETA:

Artículo único. Hácense las siguientes creaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Barrio de Las Cruces-Bogotá.
Una plaza de Auxiliar Segundo de la Oficina Mixta, con asignación mensual de $ 120.00
a partir del día diez y seis (16) del mes de julio del año en curso.
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
Sevilla.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día primero (19) del mes de julio del año en curso.
DEPARTAMENTO DE BOYACA DEPARTAMENTO DE BOYACA DEPARTAMENTO DE BOYACA
Sáchica.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
DEPARTAMENTO DE CALDAS DEPARTAMENTO DE CALDAS DEPARTAMENTO DE CALDAS
Dos Quebradas.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día primero (1°) del mes de julio del año en curso.
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
Tudela.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día diez y ocho (18) del mes de julio del año en curso.
San Antonio de Aguilera.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día siete (7) del mes de agosto del año en curso.
DEPARTAMENTO DEL HUILA DEPARTAMENTO DEL HUILA DEPARTAMENTO DEL HUILA
Maitó.
Una plaza de Telegrafista Administrador con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día veintisiete (27) del mes de mayo del año en curso.
DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA
Campo del Difícil.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
DEPARTAMENTO DE SANTANDER DEPARTAMENTO DE SANTANDER DEPARTAMENTO DE SANTANDER
Santa Rita.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día primero (1°) del mes de julio del año en curso.
DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER
Aspasica.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día diez (10) del mes de agosto del año en curso.
Los Angeles.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
La Vega.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
DEPARTAMENTO DEL TOLIMA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA
Sumapaz.-Colonia.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día trece, (13) del mes de agosto del año en curso.
San Jerónimo.
Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de $ 100.00
a partir del día siete (7) del mes de agosto del año en curso.
Suman $ 1.420.00

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se imputará al Capítulo 98, artículo 2003 del Presupuesto vigente.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 24 de agosto de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO.

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