por el cual se crea la Comisión de Honor para el Bicentenario de la Independencia de Colombia
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1913,
DECRETA:
Artículo 1º. Créase la Comisión de Honor para el Bicentenario de la Independencia de Colombia.
Artículo 2º. Son miembros de la Comisión de Honor para el Bicentenario de la Independencia:
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- Lina María Moreno de Uribe.
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- Ex Presidentes de la República: Belisario Betancourt Cuartas, Ernesto Samper Pizano, César Gaviria Trujillo y Andrés Pastrana Arango.
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- Jorge Orlando Melo González.
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- Margarita Garrido Otoya.
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- Javier Ocampo López.
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- Adolfo Meisel Roca.
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- Gustavo Bell Lemus.
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- José Obdulio Gaviria.
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- Santiago Díaz Piedrahíta.
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- Luis Horacio López Domínguez.
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- Medofilo Medina.
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- Armando Martínez Garnica.
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- Lidia Inés Muñoz Cordero.
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- General José Roberto Ibáñez Sánchez.
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- Walwin Peterson Bent.
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- Malcom Deas.
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- Gilberto Toro Giraldo.
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- María Teresa Forero de Saade.
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- Jaime Posada Díaz.
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- Elvira Cuervo de Jaramillo.
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- Monseñor Germán Pinilla Monroy.
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- Darío Jaramillo Agudelo.
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- José Darío Uribe Escobar.
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- Gonzalo España Arenas.
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- Taita Lorenzo Muelas Hurtado.
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- Carlos Calero Mercado.
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- Vicente Martínez Emiliani.
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- Jacobo Pérez Escobar.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de julio de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio
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