por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 literal n) de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Minas y Energía presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que el Ministerio de Minas y Energía, para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía, los siguientes empleos:
| Número de cargos | Dependencia y denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1 (Uno) | Asesor | 1020 | 16 |
Artículo 2°. Créense los siguientes empleos en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía:
| Número de cargos | Dependencia y denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL MINISTRO | DESPACHO DEL MINISTRO | DESPACHO DEL MINISTRO | DESPACHO DEL MINISTRO |
| 1 (Uno) | Asesor | 1020 | 16 |
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente a los Decretos números 071 de 2001 y 382 de 2012,
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Minas y Energía,
Federico Rengifo Vélez.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor
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