por el cual se suprimen y se crean unos cargos del ramo de Navegación
El Presidente de la república de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
CONSIDERANDO:
Que para los trabajos que se ejecutan ahora en el puerto de Santa Marta no se requiere tener un Topógrafo.
Que el movimiento de la Embarcaduría Oficial de Buenaventura es, por lo menos, igual al de la Embarcaduría de Barranquilla, y no está debidamente atendido por carencia de personal suficiente.
Que en consecuencia hay que fijar a los empleados de la Embarcaduría Oficial de Buenaventura sueldos semejantes a los de la Embarcaduría de Barranquilla,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímese en las obras portuarias de Santa Marta, el cargo de Topógrafo Dibujante que fue creado por Decreto 1274 de 1945.
Artículo 2° La Embarcaduría Oficial de Buenaventura tendrá el personal de nomina y asignaciones, siguientes:
Embarcador Oficial $ 440.
Primer Ayudante, $ 300
Segundo Ayudante, $ 250
Este gasto continuará atendiéndose con la partida de Sueldos del personal de las dependencias de la Contraloría de Carga Oficial, de fuera de Bogotá.
Artículo 3° Los empleados de la Embarcaduría Oficial de Buenaventura que actualmente estén desempeñando funciones, continuarán en sus respectivos cargos, sin necesidad de nueva posesión
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de agosto de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.