por el cual se aprueba el Acuerdo número 034 de 1991 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño, Corponariño
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de las previstas en el artículo 16 de los estatutos de Corponariño aprobados por el Decreto 272 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 034 de septiembre 6 de 1991 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño, Corponariño, por medio del cual se autoriza la participación de la Corporación en la Promotora de Desarrollo Industrial para Narino y su área de Influencia, Sociedad Anónima, y la correspondiente suscripción de acciones por valor de seis millones setecientos ochenta y cinco mil ciento cincuenta y ocho pesos ($6.785.158 00).
Artículo 2º De conformidad con lo previsto en la letra b) del artículo 3o. de la Ley 27 de 1982, con las modificaciones introducidas por el artículo 3o. del Decreto extraordinario 3455 de 1983, para la participación de que trata el artículo anterior, es condición indispensable la transformación de la sociedad en sociedad de economía mixta, de acuerdo con el régimen del Decreto extraordinario 130 de 1976.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 18 de noviembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
Armando Montenegro.
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