por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Sanidad)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos:
- a) Médico-Subjefe del Departamento de Sanidad del Ministerio de Obras Públicas;
- b) Enfermero de las Obras de Limpia del rio Magdalena, cuya asignación ha sido de $ 120 mensuales.
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos:
- a) Médico-Ayudante especialista en órganos de los sentidos en la Jefatura del Departamento de Sanidad, con asignación mensual de trescientos pesos ($ 300).
- b) Cotizador de Drogas y Revisador de Fórmulas en el Departamento de Sanidad del Ministerio de Obras Públicas, con asignación mensual de ciento ochenta pesos ($ 180).
Artículo 3° Los gastos que ocasiones los cargos que se crean por el presente Decreto se pagarán por el Capitulo 103, artículo 2071 del Presupuesto vigente.
Artículo 4° A partir de la fecha del presente Decreto, el sueldo de la Enfermera de Organos de los Sentidos que se ha venido pagando por la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, se pagará con el cargo al Capitulo 103, artículo 2071 del presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de agosto de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO
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