Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1974, en la cantidad de $ 16.718.880.63
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
Considerando:
Que el Banco Central Hipotecario concedió al Pondo de Inmuebles Nacionales un préstamo por la cantidad de $ 30.000.000.00, según escritura pública número 6877 de diciembre 5 de 1973, de la Notaría 2a de Bogotá, con destino a la construcción del Palacio de Justicia de Bogotá;
Que de dicho préstamo el Pondo de Inmuebles Nacionales recibió la cantidad de $ 16:718.880.63, que es necesario incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Pondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1974;
Que la Auditoría General ante el Ministerio de Obras Públicas expidió el Certificado de Disponibilidad número 2 de fecha 24 de enero de 1974, por la citada cantidad de $ 16.718.880,63, y
Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación .de esta clase de negocios,
Decreta:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Pondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $ 16.718.880.63 (diez y seis millones setecientos diez y ocho mil ochocientos ochenta pesos con sesenta y tres centavos) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Presupuesto de Ingresos.
Ingresos no tributarios.
Otros Recursos.
| Numeral 5. Producto préstamo Banco Central Hipotecario | $ | 16.718.880.63 |
|---|---|---|
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adicionase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1974, en la cantidad de $ 16.718,880.63 (diez y seis millones setecientos diez y ocho mil ochocientos ochenta pesos con sesenta y tres centavos) moneda corriente, así:
Presupuesto de Gastos
Inversión Directa.
Programa 01.
Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.
Artículo 01. Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.
| Proyecto 15. Construcción Palacio de Justicia | $ | 16.718.880.63 |
|---|---|---|
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 18 de febrero de 1974.
Misael Pastrana Borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Duran Quintero.
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