Por el cual se crean unos empleos subalternos en el ministerio público y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1978-12-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de la que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,

decreta:

Artículo 1° Créanse en la Procuraduría General de la Nación, a partir del primero de diciembre del año en curso los siguientes empleos:
No. de empleos Empleo Grado
2 Procurador Regional 21
12 Abogado Asesor 19
6 Abogado Asesor 18
5 Técnica-en Criminalística 17
5 Técnico en Auditoría 17
10 Abogado Visitador 17
10 Abogado Visitador 16
15 Asistente Jurídico 15
2 Jefe de Sección 12
5 Secretario Procurador Delegado 12
6 Mecanotaquígrafo 9
8 Mecanotaquígrafo 6
5 Chofer 6
8 Citador 3
3 Auxiliar Servicios Generales 3
12 Auxiliar Servicios Generales 2
Artículo 2° En casos especiales la Procuraduría General de la Nación podrá solicitar con carácter obligatorio el concurso de técnicos oficiales, expertos o especialistas para asesorar a sus funcionarios en las investigaciones de su competencia.
Artículo 3° Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se efectuarán con cargo al presupuesto ordinario del Ministerio Público.
Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 22 de noviembre de 1978.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Justicia,

Hugo Escobar Sierra.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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